Con esta normativa se establece además que una vez cancelado el crédito, el deudor no estará obligado a mantener la vigencia de una hipoteca con cláusula de garantía general para los efectos de obtener un nuevo crédito.
VALPARAISO.- Tras la publicación de la ley que pondrá fin al cautiverio de las viviendas y prendas de los consumidores que han pagado la totalidad de sus créditos”, el presidente de la Comisión de Economía, Eugenio Tuma, manifestó su satisfacción por la iniciativa, ya que “resultaba injusto que los bancos no tuvieran la obligación de liberar las garantías aunque se haya extinguido la deuda, más aún cuando muchos consumidores no saben cómo liberarlas y sus garantías quedan cautivas por años”.
Con esta ley habrá fechas, procedimientos y responsabilidades específicas para que los bancos realicen el alzamiento de la hipoteca al momento de ser cancelada la totalidad la deuda.
La normativa estipula que aquellos créditos que hayan sido pagados íntegramente hasta seis años antes de la fecha de entrada en vigencia de esta ley, “los bancos deberán a su cargo y costo realizar la respectiva escritura de alzamiento y los demás gravámenes, dentro de un plazo que no podrá exceder de tres años contado desde la fecha de entrada en vigencia de la iniciativa”, explicó Tuma (PPD).
“El acreedor de una o más obligaciones caucionadas con una prenda sin desplazamiento que opere como garantía específica, está obligado a otorgar la escritura de alzamiento una vez extinguidas totalmente la o las obligaciones por dicha prenda, dentro de un plazo que no podrá exceder de cuarenta y cinco días, contados desde la cancelación total”, agregó el senador de La Araucanía.
En el caso de las garantías, actualmente en Chile su liberación dista mucho de ser un derecho de los consumidores debidamente protegido. “Hay 5 millones 570 mil garantías en el sistema bancario, de las cuales, 3 millones 974 mil corresponden a garantías reales o de personas y 1 millón 484 mil son hipotecarias, el valor comercial total alcanza a más de 13 mil millones de UF”, informó el congresista.
Es clave destacar que de acuerdo a cifras de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), los gastos de alzamiento en promedio ascienden a la suma de 3 UF (unos 74 mil pesos.).
“Por ejemplo, en el Banco Estado hay unos mil 500 alzamientos mensuales, lo que se traduce en unas 4 mil 500 UF que se ahorra la institución, es decir más de 100 millones de pesos y que traspasa a deudores que jurídicamente ya no lo son”, detalló el parlamentario de La Araucanía.
Equipo de comunicaciones
Senador Eugenio Tuma Zedán