7 de abril de 2021
El instructivo de desplazamiento, vigente desde este miércoles 7 de abril de 2021, detalla los bienes esenciales de acuerdo a la nueva definición de ellos. Por bienes esenciales de uso doméstico se entienden aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en pasos 1 o 2 (sábado, domingo y festivos) del plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia, el teletrabajo, la educación a distancia o el funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble.
Esta medida tiene como objetivo disminuir la movilidad, reduciendo el desplazamiento de los trabajadores que participan de la cadena logística de producción (bodega, apertura de locales y delivery) de aquellos productos que no son esenciales. Esto es fundamental dada la situación sanitaria que se vive en el país a raíz de la pandemia, muy compleja en cuando a camas críticas en el sistema de salud. Necesitamos reducir la movilidad.
A modo de ejemplo incluye la siguiente lista no taxativa, es decir, que no excluye necesariamente otro tipo de bienes no mencionados, pero también esenciales, según las normas dispuestas por la autoridad sanitaria:
Bienes relativos a la subsistencia de la persona:
- Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.
- Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.
- Productos necesarios para la higiene personal, tales como pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.
- En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.
- Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.
- Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.
- Artículos para mascotas, tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidado.
- Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes, tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.
Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia:
- Artículos electrónicos: computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), Tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.
- Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.
Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble:
- Artículos de cocina: menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.
- Artículos de dormitorio: camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones, guateros, etc.
- Artículos de baño: toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.
- Artículos de lavandería: máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.
- Electrodomésticos y línea blanca: productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores, batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc.
- Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.
- Muebles: sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.
- Iluminación: ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.
Otros bienes:
- Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas, carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.
Fuente: Interior.