El Consejo para la Transparencia (CPLT) evaluó en septiembre de 2025 el nivel de acceso a la información sobre sistemas de decisiones automatizadas y semiautomatizadas en organismos de la Administración Central, así como el grado de adhesión a las Recomendaciones de Transparencia Algorítmica emitidas por dicha corporación. La revisión se focalizó en aquellos sistemas que apoyan o inciden en la toma de decisiones vinculadas al acceso a subsidios, beneficios o servicios públicos.
El análisis alertó sobre las brechas existentes en el acceso a información sobre estas herramientas tecnológicas que usan algoritmos para – por ejemplo – cruzar datos u ordenar antecedentes, y que impactan directamente en la vida de las personas. Ellas tienen incidencia en una serie de materias, tales como otorgamiento de licencias médicas o pensiones, admisión escolar, subsidios, reclamos de consumidores y asignación de locales de votación, entre otros.
Respecto de la metodología usada, el CPLT ingresó solicitudes de acceso a la información pública a 18 instituciones donde se identificó el uso potencial de este tipo de herramientas en procesos vinculados a beneficios, subsidios o servicios, con el fin de caracterizarlas. En dichas solicitudes se les requirió informar sobre materias como la existencia de manuales, la participación de terceros en el diseño de estas tecnologías, convenios de colaboración, auditorías de los sistemas y protección de datos personales. Como una segunda acción, se revisaron los sitios web de transparencia activa de dichos organismos, así como de otros 10 organismos que tenían habilitado en éstos un apartado especial para publicar antecedentes sobre estas tecnologías, tal como lo recomienda el CPLT.
Entre los principales resultados en relación con las solicitudes de acceso a información, se detectó que la Subsecretaría de Redes Asistenciales respondió fuera del plazo legal. Por su parte, se identificaron 5 instituciones que no entregaron todos los antecedentes solicitados: FONASA, Instituto de Previsión Social, Servicio Electoral, Subsecretaría de Educación y Superintendencia de Seguridad Social.
Además, de las 18 instituciones consultadas, 10 informaron contar con sistemas de decisiones automatizadas o semiautomatizadas. En específico, la Subsecretaría de Evaluación Social, en el Registro Social de Hogares; el Instituto de Previsión Social (IPS), respecto de la Pensión Garantizada Universal; la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, en el proceso de nominación de liquidadores o veedores; la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO), en materia de licencias médicas y subsidios maternales; el SERNAC, para analizar reclamos; el SERVEL, en la asignación de locales de votación; la Subsecretaría de Educación, respecto del Sistema de Admisión Escolar; FONASA, en la gestión de licencias médicas; y la Subsecretaría de Ciencias en la iniciativa “Robot de Datos Abiertos”.
En cuanto a la revisión realizada por el CPLT a los sitios web de transparencia activa de los 10 organismos que respondieron las solicitudes de información señalando que contaban con estas herramientas tecnológicas, 6 no tienen en sus sitios web el apartado especial para publicar antecedentes sobre ellas, según lo recomienda el CPLT. Asimismo, de la revisión a los sitios de los 10 organismos que sí tienen habilitado este apartado especial, solo 3 publicaban información siguiendo las recomendaciones del CPLT, mientras que los 7 restantes declaran que no cuentan con este tipo de herramientas.
La presidenta del Consejo para la Transparencia, Natalia González, señaló que “Es positivo que el Estado se apoye en herramientas tecnológicas que puedan asistirlo en hacer más eficiente y eficaz su labor. Ahora bien, nuestra Constitución señala que son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen, y eso no cambia por el hecho que esos procedimientos que apoyan el proceso de toma de decisiones utilicen tecnología o algoritmos, más aún cuando pueden afectar el acceso de una persona a un beneficio, una licencia médica, una pensión, un colegio o un servicio público. Así, las personas tienen derecho a saber cómo funcionan, qué datos utilizan y qué resguardos existen respecto de su propia información, sin perjuicio de las causales de reserva que puedan ser aplicables, conforme a las reglas establecidas en la materia. La modernización tecnológica en el proceso decisional es bienvenida, pero debe ser comprensible, explicable y sujeta a revisión”.
Desde el Consejo advirtieron que este tipo de tecnologías puede mejorar la gestión pública, pero su uso debe ir asociado a mayores estándares de transparencia, conforme a las reglas generales. Esto implica informar de manera simple qué herramienta se utiliza, para qué sirve, qué datos procesa, si intervienen terceros en su diseño, cuánto costó su desarrollo y si existen auditorías, informes o evaluaciones sobre su funcionamiento.
Fuente: CPLT