Close Menu
MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Últimas Pautas

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Miércoles 02 de julio de 2025

    2 julio, 2025 - 09:08

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Miércoles 02 de julio de 2025

    1 julio, 2025 - 23:35

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Miércoles 02 de julio de 2025

    1 julio, 2025 - 21:13

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Miércoles 02 de julio de 2025

    1 julio, 2025 - 17:55

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Martes 01 de julio de 2025

    1 julio, 2025 - 10:40
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Inicio
    • Quiénes Somos
    • Servicios
    • Soporte y Contacto
    • Recuperar Contraseña
    Facebook X (Twitter) YouTube
    MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Ingreso Clientes
    • Pauta Mediabanco
    • Directorio Mediabanco
    • Comunicados de Prensa
      • Gobierno
      • Politica
      • Economía
      • Corporativos
      • Académicos
      • Judicial y Policial
      • Salud
      • Regional
      • Panoramas
      • Deporte
      • Otros Comunicados
    • Efemérides
    • Agenda Semanal
    • Editores de Turno
    • Portadas
    • Señal Mediabanco
    MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Inicio»Comunicados de Prensa»Despachan tratado que resguarda derechos de los artistas audiovisuales
    Comunicados de Prensa

    Despachan tratado que resguarda derechos de los artistas audiovisuales

    4 marzo, 2015 - 12:333 Mins Lectura

    La iniciativa que tiene por objeto otorgar derechos de propiedad intelectual, tanto patrimoniales como morales, a los artistas a nivel internacional, contempla la posibilidad de que los intérpretes puedan recibir ingresos adicionales cuando sus obras se difundan fuera de las fronteras.

     

    Su total respaldo entregó la Sala al proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Tratado de Beijing sobre interpretaciones y ejecuciones audiovisuales, de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), suscrito en Beijing en junio de 2012.

    El proyecto que fue previamente visado por la Comisión de Relaciones Exteriores, por ello, fue su presidente, el Senador Juan Pablo Letelier, el encargado de informar a la sala los alcances del texto legal.

    “El fin último es crear un marco regulatorio internacional que contemple actores globales (…) En cuando a lo que ya existe, no altera los derechos que ya poseen los creadores chilenos”, explicó Letelier.

     

    Entre las disposiciones del tratado están los siguientes aspectos:

     

    – Reconoce a los artistas la posibilidad de exigir a nivel internacional la protección de sus derechos, prohibiendo el uso de ellos sin su debida autorización en un medio audiovisual, por ejemplo, cine y televisión.

     

    – Establece normas de protección para el ambiente digital.

     

    – Abre la posibilidad que estos intérpretes puedan recibir ingresos adicionales, ya que les da cierta participación económica cuando se distribuyan a nivel internacional.

     

    – Otorga a los artistas la protección de sus derechos morales, consistente en que, a nivel internacional, se les identifiquen siempre sus creaciones a su nombre, y que, además, éstas no puedan ser mutiladas ni intervenidas.

     

    – Se definen los términos “fijación audiovisual” y “comunicación al público”, las cuales difieren de las contempladas en la legislación chilena, por lo que será necesario ajustar las definiciones que al respecto contiene la ley, ampliando su alcance actual.

     

    – Obliga a las partes contratantes a conceder a los nacionales de las otras el trato que otorga a sus propios nacionales en relación con los derechos exclusivos previstos en el tratado.

     

    – Regula los derechos morales, otorgando a los beneficiarios, incluso una vez cedidos sus derechos patrimoniales, la facultad de reivindicar ser identificado como el artista intérprete o ejecutante de sus interpretaciones o ejecuciones, salvo cuando la omisión de ello sea consecuencia de la forma en cómo se utiliza la interpretación o ejecución.

     

    – Otorga al artista intérprete o ejecutante el derecho a oponerse a cualquier deformación, mutilación u otra modificación de sus interpretaciones o ejecuciones que cause perjuicio a su reputación.

     

    – Regula los aspectos relativos a la cesión de los derechos patrimoniales.

     

     

    Fuente: Prensa Bancada Socialista.

    Articulo AnteriorEliminación del fuero parlamentario acortaría la distancia entre ciudadanía y elite
    Articulo Siguiente Senadores profundizan en el contenido del mensaje que despenaliza el aborto

    Contenido relacionado

    Expertos destacan el potencial recaudatorio del juego en línea y critican la demora injustificada en su regulación

    2 julio, 2025 - 11:06

    Así es la próxima generación de llamadas móviles: interactivas, inteligentes y sin barreras

    2 julio, 2025 - 11:03

    Nuevo Blog del Banco Central de Chile: “Consideraciones analíticas sobre el Requerimiento de Capital Contracíclico: una herramienta para fortalecer la resiliencia del sistema bancario”

    2 julio, 2025 - 10:37

    Cinco consejos para cargar tu camioneta y viajar seguro

    2 julio, 2025 - 10:34
    Add A Comment

    Comments are closed.

    Buscador
    Otras Publicaciones

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Miércoles 02 de julio de 2025

    2 julio, 2025 - 09:08

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Miércoles 02 de julio de 2025

    1 julio, 2025 - 23:35

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Miércoles 02 de julio de 2025

    1 julio, 2025 - 21:13

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Miércoles 02 de julio de 2025

    1 julio, 2025 - 17:55

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Martes 01 de julio de 2025

    1 julio, 2025 - 10:40

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Martes 01 de julio de 2025

    30 junio, 2025 - 23:57

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Martes 01 de julio de 2025

    30 junio, 2025 - 21:21

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Martes 01 de julio de 2025

    30 junio, 2025 - 18:32

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 4 – Lunes 30 de junio de 2025

    30 junio, 2025 - 14:10

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 3 – Lunes 30 de junio de 2025

    30 junio, 2025 - 14:03

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 2 – Lunes 30 de junio de 2025

    30 junio, 2025 - 10:19

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Lunes 30 de junio de 2025

    30 junio, 2025 - 09:33

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Lunes 30 de junio de 2025

    29 junio, 2025 - 22:31

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Lunes 30 de junio de 2025

    29 junio, 2025 - 21:16

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 2 – Domingo 29 de junio de 2025

    29 junio, 2025 - 18:06

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Lunes 30 de junio de 2025

    29 junio, 2025 - 17:11

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Domingo 29 de junio de 2025

    29 junio, 2025 - 12:23

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Domingo 29 de junio de 2025

    28 junio, 2025 - 22:33

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Domingo 29 de junio de 2025

    28 junio, 2025 - 21:07

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Domingo 29 de junio de 2025

    28 junio, 2025 - 17:17
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Inicio
    • Quiénes Somos
    • Servicios
    • Soporte y Contacto
    • Recuperar Contraseña

    MEDIABANCO Agencia de Noticias - Chile

    Envíanos tu pauta a pauta@mediabanco.com

    Contrata nuestro servicio en contacto@mediabanco.com

    Fono: +56 2 2929 5243 | +56 2 2929 5244

    Escriba arriba y presione Enter para buscar. Presione Esc cancelar.

    Sign In or Register

    Bienvenido!

    Inicie sesión en su cuenta a continuación.

    Perdió la contraseña?