Los hechos:
El día 23 de agosto nos hemos enterado que la institución puso término de contrato a una socia de nuestro gremio, posteriormente nos enteramos que eran 14 los funcionarios de Fonasa afectados, de un total de 56 funcionarios con uso de licencias médicas con 180 días y más, continuas o discontinuas en dos años; de los cuales 43 fueron sacados de esta lista discrecionalmente por parte de la autoridad.
Pasado los días, nos dimos cuenta que el 22-08 a las 19:30 horas se le había enviado correo a los funcionarios(as), entre los cuales se encontraba una socia de la ANPTUF(Asociacion Nacional de Profesionales y Técnicos Universitarios), que indicaba que se les daba 2 semanas de plazo para que entregaran antecedentes médicos que confirmaran la “validez” de su licencia. Lo que no sabíamos, era que el mismo día 22 de agosto, se dio instrucciones por parte de la Directora de Fonasa a la Jefa de Gestión de las Personas, D. María Cristina Yáñez, para formalizar administrativamente esta desvinculaciones, quedando pendiente solo la notificación. Esto último, se hace en línea con el sistema informático de Contraloría General de la República quedando afirme la toma de razón; ahora nos preguntamos ¿porque?,…… la decisión estaba ya tomada?……qué criterios se usaron?
Entendemos que la aplicación de esta desvinculación, “Declaración de Vacancia por Salud Incompatible”, es prerrogativa de la autoridad. En la aplicación de este articulo creado en el estatuto administrativo en septiembre de 1989, junto con ser altamente discrecional y arbitrario, es inaplicable en el sector privado (art 161 del Código del Trabajo), atentatorio a los derechos fundamentales de los trabajadores, por cuanto no respeta el período de reposo necesario para la recuperación o rehabilitación de las enfermedades de los trabajadores. Además, existe amplia normativa internacional, mediante convenios internacionales que protegen estos derechos.
ANPTUF, entiende que del universo de funcionarios(as), pudieren existir funcionarios que hagan mal uso del derecho a la licencia médica, lo que corresponde aquí es instruir procesos sumariales para investigar y sancionar dichas conductas. Asimismo, y respecto del concepto de salud incompatible la facultad administrativa depositada en la autoridad máxima del servicio no resulta suficiente y objetivo, ya que debería pronunciarse alguna entidad con atribuciones para ello, como por ejemplo el COMPIN. Dicho sea de paso, que en el caso de nuestra socia Lucrecia Ponce, a 3 años de acceder al beneficio de jubilación y tras ganar un concurso público en el Fonasa en enero del año 2008, para la función de fiscalización de Cotizaciones, con mejoramientos de grados por su gestión, se ve envuelta en esta lamentable situación por padecer 2 enfermedades importantes en espacio de estos últimos dos años, una de ellas con cirugía. Es importante recalcar que el COMPIN no redujo o rechazo ninguna de las licencias médicas de Lucrecia.
Se adjunta tabla comparativa de un período de 27 años, donde se muestra claramente que la actual administración ha desvinculado a 17 personas, lo que corresponde al 63% del total de los casos en apenas 2 años y medio de ejercicio.
¿Los funcionarios de Fonasa para evitar ser despedidos por esta causal deberán postergar sus intervenciones médicas?; ¿qué pasa si hay enfermedades que no pueden esperar?. ¿Es sensato que una institución que es garante de la salud pública en Chile mantenga en esta situación a sus trabajadores?
N° de Funcionarios Cesados por Salud Incompatible en Fonasa |
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Período |
Funcionarios Cesados |
1989 – 2005 (Concertación) |
< 3 |
2005 – 2010 (Concertación) |
0 |
2010 – 2014 (Alianza) M. Uriarte / Patricio Muñoz) |
7 |
2014 – 2016 (Jeannette Vega) |
17 |
Total |
27 |
Nota: se adjuntan 2 correos remitidos a: 1) Anef (que incluye los correos donde desvinculan a Lucrecia), 2) correo masivo a todos los funcionarios de Fonasa.
Fuente: ANPTUF (Asociación de Profesionales).