El máximo tribunal descartó la existencia de falta o abuso grave en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, manteniendo el resultado favorable obtenido por la defensa de Nicos Nicolaides.
Santiago, 19 de agosto de 2026. La Corte Suprema rechazó los recursos de queja presentados por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado en el denominado caso Nova Austral, manteniendo vigente la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que absolvió al exgerente general de la compañía, Nicos Nicolaides, respecto del delito ambiental.
La resolución consolida el resultado obtenido por la defensa encabezada por los abogados Alejandro Espinoza e Ignacio Sotomayor. Previamente, Nicolaides había sido absuelto de la acusación por fraude de subvenciones vinculada a las bonificaciones de la Ley Navarino y la justicia había rechazado la demanda civil presentada por el CDE por cerca de $59 mil millones. En enero de este año, la Corte de Apelaciones dejó además sin efecto la condena por contaminación de aguas.
“Este fallo cierra definitivamente un largo proceso, generando un importante precedente de jurisprudencia. Nicos Nicolaides fue absuelto de las acusaciones por fraude de subvenciones y delito ambiental, y también fue rechazada íntegramente la demanda civil presentada por el consejo de defensa del Estado. Fueron imputaciones muy graves, con consecuencias personales y profesionales importantes, por lo que valoramos que, después de una extensa revisión judicial, nuestro representado pueda finalmente cerrar este capítulo sin condenas ni obligaciones indemnizatorias derivadas de este caso”, señaló Alejandro Espinoza, abogado de Nicos Nicolaides.
Respecto del delito ambiental, la Corte de Apelaciones había establecido que el artículo 136 de la Ley General de Pesca exige acreditar un daño efectivo a los recursos hidrobiológicos para configurar el ilícito. La Corte Suprema concluyó ahora que esa interpretación fue adoptada dentro de las atribuciones jurisdiccionales del tribunal y que las diferencias planteadas por los recurrentes no constituían una falta o abuso grave.
Fuente: Simplicity.