La Corte Suprema ratificó el fallo recurrido que rechazó el recurso de protección presentado por Francisco Ferrer Lima en contra de la decisión que le negó el beneficio de la libertad condicional.
En fallo dividido (causa rol 20455-2016), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Manuel Antonio Valderrama y el abogado (i) Arturo Prado– ratificó la decisión que rechazó el recurso presentado por el interno, quien fue calificado en lista 2 y no obtuvo el beneficio.
La sentencia del máximo tribunal establece que el recurso de protección no es la vía idónea para reclamar por las decisiones que adoptan las comisiones de libertad condicional de los tribunales de alzada del país.
“Que en lo tocante a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago que deniega al actor el beneficio de la libertad condicional es preciso señalar que el reclamo de amparo constitucional relacionado con la privación, perturbación o amenaza a la libertad personal o a la seguridad individual, debe ser analizado y resuelto en relación con la garantía fundamental prevista y regulada por el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, esto es, a través del recurso de amparo, mismo que no se encuentra comprendido en el ámbito de las garantías cubiertas por el recurso de protección a que se refiere el artículo 20 de la Carta Fundamental, razón por la que este último no resulta ser la vía adecuada para dirimir el conflicto planteado, motivo por el cual el recurso será desestimado”, establece la Corte Suprema.
Decisión adoptada con el voto en contra de la ministra Sandoval, quien fue partidaria de acoger el recurso de protección.
Fuente: Prensa Poder Judicial.