La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado en favor de ciudadana española expulsada del país, quien está casada y tiene hijos chilenos, por contar con antecedentes penales prescritos, por giro doloso de cheques en el antiguo sistema de enjuiciamiento criminal.
En fallo unánime (causa rol 9.317-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm– acogió la acción cautelar presentada por Carmen Gloria Monedero Gómez, al establecer la ilegalidad de la expulsión del territorio nacional de la amparada.
“Que según se desprende del mérito de los antecedentes, la amparada se encuentra casada con un ciudadano chileno y tiene hijos chilenos; y que las conductas ilícitas en que se funda la expulsión son del año 1998, por lo que dicen relación con procesos de larga data y que presumiblemente se encuentran con la acción penal prescrita (…) en consecuencia, los fundamentos que se han invocado por la autoridad carecen de proporcionalidad en relación con la naturaleza, gravedad y ámbito de la infracción sancionada, y considerando la afectación que de manera irremediable producirá en su medio familiar, son motivos suficientes para revocar el fallo apelado”, sostiene el fallo.
Por lo tanto, concluye: “se revoca la sentencia apelada de catorce de marzo del presente año, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, y en su lugar se decide que se acoge el recurso de amparo deducido por la defensa de la amparada y, consecuencialmente, se deja sin efecto la resolución Exenta N° 332 de 28 de abril de 1998, emanada de la Intendencia de la Quinta Región, que dispone la expulsión de la amparada Carmen Gloria Monedero Gómez, así como su prohibición de ingreso al territorio nacional, con el objeto que la amparada pueda regularizar su situación ante la autoridad administrativa correspondiente”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.