La abogada Camila Morales Sepúlveda cuestionó que Fiscalía pretenda invalidar una sentencia debidamente fundamentada y advirtió sobre la falta de consideración de las víctimas en las investigaciones vinculadas a mujeres desaparecidas en Atacama.
Copiapó, 15 de octubre de 2026.
Este jueves 15 de octubre, a las 09:00 horas, la Corte de Apelaciones de Copiapó conocerá el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia absolutoria dictada en la causa por obstrucción a la investigación relacionada con la desaparición y muerte de la adolescente Tanya Aciares.
La abogada querellante, Camila Morales Sepúlveda, comparecerá presencialmente ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Copiapó para solicitar el rechazo del recurso, sosteniendo que la sentencia contiene una fundamentación clara, lógica y completa, y que la impugnación de Fiscalía pretende cuestionar la valoración de la prueba efectuada por el tribunal, cuestión que excede los límites del recurso de nulidad.
Durante el juicio, la representación de la víctima participó activamente en la producción de prueba, incorporando antecedentes documentales e interrogando a funcionarios policiales vinculados con las investigaciones. Concluida la etapa probatoria, la querellante sostuvo que, si bien las acusadas habían entregado información falsa que generó diligencias investigativas, no se había acreditado la obstaculización grave exigida por el artículo 269 bis del Código Penal.
Esta conclusión fue sustancialmente coincidente con el razonamiento desarrollado por el tribunal en su sentencia absolutoria.
“Una sentencia que no satisface la pretensión condenatoria del Ministerio Público no es, por ese solo hecho, una sentencia carente de fundamentación. El recurso de nulidad no constituye una nueva instancia para valorar nuevamente la prueba. La función de los tribunales es juzgar las hipótesis de las partes, no confirmarlas”, sostuvo Morales.
La abogada calificó como lamentable la decisión de Fiscalía de solicitar la realización de un nuevo juicio sin considerar previamente la posición de la víctima, señalando que esta situación reproduce una problemática que ha observado en las investigaciones relacionadas con mujeres desaparecidas en la Región de Atacama.
“Es lamentable que nuevamente se adopten decisiones procesales de enorme trascendencia sin considerar la posición de las víctimas. Durante años hemos debido exigir participación efectiva y acceso a investigaciones que las afectan directamente. En esta causa, incluso fue necesario promover una cautela de garantías para obtener acceso a los antecedentes. Hoy el Ministerio Público solicita un nuevo juicio sin haber consultado a la familia ni informado previamente a esta representación de su decisión de recurrir”, señaló.
Morales también cuestionó que Fiscalía invoque el sufrimiento de la familia de Tanya y las falsas esperanzas de encontrarla con vida como fundamento de la gravedad del delito.
“El sufrimiento de la familia es indiscutible, pero no puede utilizarse para suplir aquello que no logró acreditarse en juicio. Tampoco podemos permitir que se utilice nuevamente a las víctimas para evitar un examen crítico de las responsabilidades institucionales en una investigación extremadamente delicada, que involucraba la desaparición de una niña y respecto de la cual el Estado tenía un deber reforzado de diligencia”, expresó.
La querellante recordó que durante el juicio se incorporaron antecedentes que daban cuenta de información técnica disponible desde 2019 sobre restos humanos hallados en noviembre de 2018, los que finalmente fueron identificados como pertenecientes a Tanya en 2024. Estos elementos fueron relevantes para que el tribunal examinara la incidencia real de las declaraciones falsas en el desarrollo de la investigación.
Finalmente, Morales enfatizó que la búsqueda de justicia para Tanya exige distinguir las responsabilidades penales individuales de las eventuales responsabilidades institucionales, sin confundir el interés punitivo del Ministerio Público con los derechos e intereses de las víctimas.
“La justicia para Tanya exige verdad, responsabilidad y respeto por las garantías fundamentales. No puede construirse atribuyendo a terceros aquello que corresponde esclarecer respecto de la actuación del propio Estado. La independencia judicial también se expresa cuando un tribunal, después de examinar toda la prueba, dicta una decisión distinta de la pretendida por el órgano persecutor”, concluyó.
Información de la audiencia
- Fecha: Jueves 15 de octubre de 2026.
- Hora: 09:00 horas.
- Tribunal: Corte de Apelaciones de Copiapó.
- Materia: Vista del recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público en la causa por obstrucción a la investigación de Tanya Aciares.
Fuente: Camila Morales Sepúlveda, Abogada Familia Aciares.