¿Qué significa que sea cadena perpetua en Francia? Estefanía Orellana, académica de la Facultad de Derecho de la Usach, se refirió a la decisión tomada por la justicia francesa.
Este jueves Nicolás Zepeda (35) fue declarado culpable por el crimen de su ex novia japonesa Narumi Kurosaki en Francia, recibiendo cadena perpetua.
De esta manera, en el tercer juicio, el chileno volvió a ser declarado culpable por la desaparición y muerte de su expareja.
Cabe señalar que la cadena perpetua en Francia es, nominalmente, de por vida, pero permite solicitar la libertad condicional generalmente tras cumplir 18 a 30 años de prisión.
Estefanía Orellana, abogada especialista en derecho internacional y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago, abordó este caso en Diario Usach y de entrada explicó la decisión de la defensa de apelar.
“El imputado ya utilizó ese derecho de apelar en los juicios anteriores, por tanto, ir directamente a la corte de apelación para que se solicite un nuevo juicio no podría hacerlo. Lo que sí puede hacer es solicitar una casación en la corte de casación”, aseguró.
La profesional aclaró que no se realiza un nuevo juicio, sino que lo que se hace “es evaluar en el mérito técnico del proceso, si es que hubo algún punto que invalide el juicio y se tenga que realizar uno nuevo”.
La académica planteó que “según lo que se ha visto dentro del juicio, hasta ahora no habría indicios que en el tercer juicio existiera algún elemento que pudiese significar algún vicio que la corte de casación podría revisar”.
Estefanía Orellana comentó que la decisión de la defensa de Zepeda es bastante común. “Cualquiera de las partes, cuando tiene una resolución o un fallo adverso, tiene la capacidad de poder ir y presentar el recurso de casación si es pertinente”, manifestó.
¿Qué significa que sea cadena perpetua en Francia?
La abogada especialista en derecho internacional abordó la condena a cadena perpetua y qué podría pasar con Zepeda. “Al tener la cadena perpetua puedes solicitar la libertad condicional, la verdad es que la cadena perpetua no significa que tú vas a estar 100% o por lo menos en Francia, que vas a estar siempre dentro de la cárcel. Lo que significa es que tú tienes un mínimo de años en donde tú tienes que estar en la cárcel y luego puedes solicitar la libertad condicional como un beneficio carcelario”, detalló.
La académica Usach agregó que “en el caso que estamos discutiendo, lo que el tribunal dictaminó es que tiene que haber una prisión efectiva, es decir, que Nicolás Zepeda tiene que cumplir prisión efectiva por lo menos 22 años antes de poder solicitar el beneficio de la libertad condicional”.
La profesional planteó que, una vez que se solicita el beneficio de libertad condicional, esto no significa inmediatamente que va a ser concedido. “Lo que se hace es que se solicita ese beneficio y hay un comité que evalúa al reo y evalúa un montón de factores dentro de su comportamiento en la cárcel, si se está insertando bien en la sociedad, si hay culpas, si hay arrepentimientos, si esa persona ha mejorado en puntos de reinserción o si además cómo se lleva, por ejemplo, con el resto de los reos, si ha tenido deméritos dentro de la cárcel, etc. Entonces, aun cuando lo pudiera solicitar después de 22 años, no es efectivo que vaya a concedérsele”, manifestó.
Sobre por qué si la Fiscalía había pedido 30 años se determinó cadena perpetua, la Orellana es clara: “El jurado y el juez tienen la capacidad de poder evaluar en el mérito del proceso y en el mérito de los antecedentes si es que se le concede esa pena, se le concede una pena menor o incluso se le concede una pena superior, como lo que pasó en este caso. También recordemos que previamente en los juicios anteriores ya se había solicitado la cadena perpetua como un requerimiento de la Fiscalía”.
Por esta razón, la profesional indicó que “es prerrogativa del juez y del jurado verificar la propuesta que se está dando por parte de la Fiscalía y puede aceptarla y condenarla en los años que se está proponiendo o bien evaluar conforme el mérito del proceso y dar una pena superior o inferior a lo solicitado”.
Fuente: Usach