El descanso para trabajadores del sector Comercio se extenderá entre las 21
horas del jueves 30 de abril y las 06:00 horas del sábado 2 de mayo.
La Dirección del Trabajo (DT), anunció la implementación de un programa nacional de
fiscalización con motivo del feriado obligatorio e irrenunciable del Día Internacional de los
Trabajadores, que se extiende desde las 21:00 horas del jueves 30 de abril hasta las 06:00
horas del sábado 2 de mayo de 2026.
Este feriado, que beneficia a los trabajadores del comercio, es uno de los cinco establecidos
por ley como obligatorios e irrenunciables, junto al 1 de enero, 18 y 19 de septiembre y 25 de
diciembre.
La Seremi del Trabajo, Andrea Barrera, destacó la importancia del cumplimiento de esta
normativa, señalando que “la ley es clara en establecer que los trabajadores del comercio
deben iniciar su descanso a más tardar a las 21:00 horas del día anterior al feriado, salvo
excepciones muy específicas como los turnos rotativos. Este es un derecho laboral que debe
ser respetado”.
Asimismo, agregó que “el llamado a los empleadores es a organizar adecuadamente sus
turnos y cumplir con el descanso obligatorio, evitando sanciones que pueden ser
significativas y, sobre todo, resguardando los derechos de sus trabajadores”.
La Dirección del Trabajo habilitó un canal de denuncias través del sitio web institucional y del
Centro de Atención Telefónica (600 450 4000).
Entre las principales infracciones se encuentran no otorgar el feriado obligatorio e
irrenunciable, no respetar el descanso bianual para trabajadores exceptuados y no iniciar el
descanso dentro del horario establecido. Las multas pueden alcanzar hasta 20 UTM por cada
trabajador afectado, dependiendo del tamaño de la empresa.
La DT recordó que, en caso de constatarse incumplimientos, se procederá a la suspensión
inmediata de las actividades del local fiscalizado, además de la aplicación de sanciones
administrativas correspondientes.
Finalmente, la autoridad reiteró que los locales atendidos directamente por sus dueños o
familiares pueden funcionar durante este feriado, al no existir relación laboral.
Fuente: Ministerio del Trabajo.