En el marco de la audiencia de formalización del caso “Bruma”, y tras su respectivo alegato, el abogado defensor de la tripulación del pesquero “Cobra”, Alejandro Espinoza, descartó tajantemente la existencia de negligencia y responsabilidad penal en el accidente. Argumentó que los hechos expuestos por el Ministerio Público no configuran un cuasidelito de homicidio y calificó como “absolutamente improcedente” la solicitud de imponer medidas cautelares como el arresto domiciliario nocturno.
El eje de la defensa se centró en la falta de precisión de la acusación. Espinoza diferenció el estándar del sumario administrativo de la Armada del rigor penal, señalando que la Fiscalía omitió describir qué conducta específica realizaron mal los tripulantes. “En Chile, y en todos los países civilizados del mundo, existe el principio de reserva legal. El reglamento citado por la Fiscalía no cumple con ese requisito porque no precisa ninguna conducta debida que debía realizar la tripulación del Cobra. No hay ni una palabra en la imputación, lo que la hace absolutamente improcedente a la luz del derecho penal”, expuso el abogado.
Para desestimar los cargos, la defensa se apoyó en informes técnicos de la Universidad Austral y de un perito ingeniero electrónico y ex almirante de la Armada. Ambos concluyeron que el uso de los dos radares de última generación del “Cobra” no aseguraban la detección de la lancha artesanal vista de las condiciones de la madrugada de los hechos. “Es una embarcación de madera que difícilmente se refleja en los radares y que, necesariamente por su altura máxima, quedaba bajo el oleaje imperante, disminuyendo considerablemente la posibilidad de detección del radar y de los vigías”, detalló Espinoza. De hecho, recalcó un antecedente que consideró clave: ninguno de los tres pesqueros de alta mar que pasaron por la misma zona previamente logró detectar a la “Bruma”.
A esto se suma la responsabilidad de la propia embarcación siniestrada. El abogado enfatizó que la “Bruma” estaba fondeada “en un lugar de alto riesgo y de alto tráfico”, sin informar su posición a la autoridad marítima, como exige la normativa. Además, cuestionó que no dieran ninguna señal de alerta, pese a que el “Cobra” era detectable para ellos al menos media hora antes del impacto, incumpliendo las normas del Reglamento Internacional de Prevención de Abordajes (RIPA).
Finalmente, sobre el video exhibido por el Ministerio Público, donde supuestamente se observa la luz de la lancha, el abogado fue categórico: “La Fiscalía puede exhibir cualquier video, pero tiene que mostrarle al Tribunal algún antecedente serio. En el video que exhibió, ni siquiera el magistrado logró ver y apreciar la luz”, indicó.
Además, advirtió que existe una alta probabilidad de que esa luz correspondiera a otro pesquero de alta mar que navegaba en la zona durante esos minutos, y con el cual el “Cobra” mantenía contacto radial y visual en el radar. “Ninguna medida que se pudiera tomar desde la cabina del Cobra aseguraba evitar el accidente”, concluyó la defensa.
Fuente: Simplicity