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    Inicio»Comunicados de Prensa»Caso Farmacias: Fiscalía Centro Norte presenta recurso para anular sentencia que absolvió a 10 ejecutivos acusados
    Comunicados de Prensa

    Caso Farmacias: Fiscalía Centro Norte presenta recurso para anular sentencia que absolvió a 10 ejecutivos acusados

    7 agosto, 2015 - 17:555 Mins Lectura

    Viernes, 07 de agosto de 2015.- Un recurso de nulidad en contra de la sentencia que absolvió a 10 ejecutivos farmacéuticos del delito de alteración fraudulenta en el precio de medicamentos, presentó la Fiscalía Centro Norte, con el objeto de dejar sin efecto dicha resolución y realizar un nuevo juicio oral.

    El recurso fue presentado este viernes por el fiscal Jaime Retamal y en él detalla cuatro vicios por los cuales la resolución sería nula. Este recurso será analizado por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que se pronunciará sobre los argumentos que esgrime la el Ministerio Público para anular la sentencia del 28 de julio, que en votación dividida absolvió a los ejecutivos.

    Los errores del fallo

    El fiscal del caso, Jaime Retamal, manifestó que “luego de analizar detenidamente el fallo, encontramos errores que motivan la presentación del recurso”. Sobre el punto, indicó que por un lado “el fallo interpreta de forma errada lo que puede entenderse como medio fraudulento y precio natural “y por otro “no valora adecuadamente una serie de medios probatorios”, como testimonios, correos electrónicos, y documentos.

    “Si el tribunal hubiera ponderado correctamente los antecedentes que referí o si hubiera interpretado correctamente el texto legal, entendemos que se hubiera arribado a un veredicto condenatorio, indicó el fiscal”. Error en la aplicación de la ley Primero, señala que el voto de mayoría habría aplicado erróneamente el artículo 285 del Código Penal, que sanciona a los que por medios fraudulentos consiguieren alterar el precio natural de mercancías.

    Este error, sería doble, ya que según la Fiscalía el voto de mayoría restringe la aplicación del artículo 285 sólo a medios engañosos, excluyendo otros mecanismos ilícitos, y a la vez lo aplica de manera equivocada al confundir el concepto de precio natural. Precisamente, señala que la sentencia considera que la alteración fraudulenta de precios se da sólo cuando hay engaño, dejando fuera los otros mecanismos, como violencia, concierto u otros.

    Además, a juicio de la Fiscalía el voto de mayoría confunde el elemento sobre el que debe recaer la acción fraudulenta, el precio natural. Según la Fiscalía, precio natural se refiere a los fijados por la oferta y la demanda y no a al precio de equilibrio económico fijado a largo plazo, como sostiene el fallo de mayoría.

    Según la Fiscalía, a partir de la errónea aplicación de la norma es que el tribunal absuelve por mayoría a los acusados, por lo que solicita anular la sentencia.

    Omite valorar pruebas

    El segundo fundamento del recurso de nulidad, es que el tribunal habría omitido valorar medios de prueba presentados por la Fiscalía. Según el recurso de nulidad, los magistrados habrían infringido este deber al omitir prueba fundamental, como los correos electrónicos que daban cuenta de una coordinación entre los ejecutivos farmacéuticos. Aquí el tribunal omite todos los correos en los que no estaban los acusados como destinatarios, dejando de lado otros que podían servir como prueba de contexto, o que acreditaban hechos secundarios.

    Además, según el recurso, la sentencia omite por completo la valoración de parte del testimonio del perito Héctor Hernández, excluyendo la parte que correspondía a su tesis principal. Con ello queda excluida y no se valora la tesis principal de Hernández.

    Al hacer esto, el voto de mayoría afirma equivocadamente conclusiones a las que Hernández no arribó. Esto impide al tribunal fundar la decisión de absolver, lo que trae como consecuencia necesaria la configuración de un motivo de absolución. Asimismo, el recurso afirma que el fallo omite declaraciones de testigos como Paula Mazzachiodi, quien señala que desde un laboratorio le propusieron subir el precio de un producto en el mercado, para lo que alguna de las tres cadenas tenía que ser la primera en subir. Lo mismo en relación con su declaración en FASA, la que afirmó era verdadera.

    Además de Mazzachiodi, la sentencia omite las declaraciones de los testigos Alejandro Rosemblatt y Alejandra Araya, los que no fueron recogidos ni valorados por el tribunal.

    Omite valorar indicios

    El tercer vicio, se refiere a la valoración completa de ciertos medios de prueba, al no hacerse cargo de las razones para desestimarlos. De esta forma, a juicio de la Fiscalía, se echa por la borda prueba indirecta que permite vincular la actividad de los acusados con el delito.

    Aquí se omiten correos electrónicos de terceros por el hecho de no probar el hecho principal, pero sí de relevancia para dar cuenta del modus operandi. Junto a ello de no se valora de manera completa la declaración del acusado Roberto Belloni. Específicamente se excluye la referencia que hace al declarar en relación a una entrevista publicada en el diario Las Últimas Noticias, el año 2008. Además, se excluye la declaración de un testigo que da cuenta de la publicidad de las compañías.

    Contradicción en la resolución

    La resolución tiene elementos contradictorios. Precisamente se refiere a uno de los correos electrónicos que en la misma sentencia se le da el valor de prueba y por otro lado se la desestima. Se trata del correo 201, en el que por una parte se señala que no será considerado porque no es un correo entre imputados, por lo que el contenido no les incumbe, y por otro indica que no permite resolver sobre las imputaciones a los acusados.

    Lo que viene

    La Corte de Apelaciones de Santiago conocerá en los próximos días del recurso de nulidad. Si acoge el recurso se anula el juicio, tras lo cual debe realizarse uno nuevo. En caso de rechazar la nulidad, la sentencia quedaría ejecutoriada. Los acusados La Fiscalía Centro Norte presentó acusación en contra de los ejecutivos de Salcobrand Roberto Leopoldo Belloni Pechini, gerente general de Farmacias Salcobrand. Ramon Ávila Silva, gerente comercial de Farmacias Salcobrand. Mehilin Velazquez Chau, jefa de departamento de precios de Salcobrand. Claudia Fanny Carmona Zuñiga, category manager de Salcobrand y Judith Margarita Carreño Oteiza, category manager de Salcobrand.

    También acusó a los ejecutivos de Farmacias Ahumada Sergio Purcell Robinson, gerente general de Farmacias Ahumada. Ricardo Ewertz Munchmeyer, gerente comercial área Farma de Farmacias Ahumada. En contra de los ejecutivos de Farmacias Cruz Verde Ricardo Iván Valdivia Kloques, gerente área Farma de Farmacias Cruz Verde. Cristián Marcelo Catalán López, category manager de Cruz Verde. Asimismo, acusó a Mario Zemelman Riveros, Gerente Gral Laboratorio Medipharm.

    Fuente: Prensa Fiscalía Metropolitana Centro Norte.

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