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    Comunicados de Prensa

    Providencia brindará asistencia legal gratuita a personas a las que les deban la pensión alimenticia

    18 noviembre, 2022 - 16:244 Mins Lectura

    Este viernes entró en vigencia el Registro Nacional de deudores de pensiones de alimentos, contemplado en la ley 21.389, que mejora el régimen de cumplimiento de las obligaciones, promoviendo el principio de corresponsabilidad parental, el interés superior del niño y mejorando el sistema de pago de las pensiones existente.

    En ese contexto, la alcaldesa de Providencia, Evelyn Matthei, presentó un equipo de abogadas y abogados que prestarán asistencia legal gratuita a las personas que se les adeude el pago de la pensión alimenticia y puedan ingresar a quienes incumplan con esta obligación al recién creado registro.

    “En Providencia nos tomamos muy en serio la defensa de los derechos de la mujer, por eso, hoy anunciamos que a todas las personas de la comuna que estén en esta situación –porque también hay hombres- les vamos a dar una mano con nuestro equipo jurídico del Departamento de Diversidad e Inclusión. Acá les vamos a dar toda la asesoría legal, sicológica y social que requieran para hacer valer sus derechos”, señaló la jefa comunal.

    La ex ministra de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, quien encabezó la tramitación de esta ley, indicó que este cambio normativo busca “hacerse corresponsable de nuestros hijos y nuestras hijas. Este Registro Nacional de Deudores ya no busca penalizar en la cárcel, porque no nos interesa tener a padres en la cárcel que no paguen sus pensiones, lo que queremos es padres que paguen y (quienes no lo hagan) van a verse afectados por muchas inhabilidades. Estamos seguras que eso les hará reflexionar y darse cuenta que lo mejor para ellos es cumplir con su responsabilidad”.

    La también ex titular de la cartera durante el mandato del Presidente Piñera, Isabel Pla, valoró el trabajo realizado en Providencia e hizo un llamado “a todos los alcaldes y alcaldesas de Chile para poner esta nueva ley sobre la mesa y asegurar que muchas madres y abuelas, que están persiguiendo el pago del sustento de sus hijas e hijos, tengan la total certeza de que existe este instrumento”.

    En tanto, la ex ministra de Desarrollo Social y Familia, Karla Rubilar, planteó que “este proyecto de ley tuvo apoyo transversal y hay que reconocerlo así; tuvo apoyo de todos los sectores políticos y se tramitó muy rápidamente, lo que nos enorgullece”.

    En la oportunidad, estuvieron presentes la diputada Catalina del Real y la ex diputada María José Hoffmann, quienes destacaron el apoyo parlamentario con el que contó esta iniciativa.

    Las personas interesadas en recibir asistencia legal, sicológica y social por esta vulneración de derechos, pueden acudir al Departamento de Diversidad e Inclusión de Providencia, ubicado en Miguel Claro 543 o escribir al correo diversidad@providencia.cl.

    Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

    Este registro electrónico tiene por objetivo coordinar diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos.

    Es de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés en la consulta, como el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro.

    El Servicio de Registro Civil e Identificación es la institución a cargo de su creación.

    Las personas que estarán inscritas en el registro deben reunir las siguientes condiciones:

    • Que estén obligadas a pagar pensión de alimentos fijada o aprobada por el tribunal, provisorios o definitivos.
    • Que adeuden, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.  Para la contabilización del número de cuotas adeudadas necesaria para la inscripción de una persona en el Registro en calidad de deudor de alimentos, sólo se considerarán aquellas pensiones alimenticias devengadas y no pagadas a partir de la publicación de esta ley.

    Medidas que se implementarán para quienes figuren en el registro:

    • Retención de la devolución de impuestos.
    • Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.
    • Si el deudor o deudora vende un vehículo o una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
    • Se le puede negar la licencia de conducir y el pasaporte.
    • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
    • Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
    • Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
    • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
    • Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.

    Fuente: Municipalidad de Providencia

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