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    Comunicados de Prensa

    JUZGADO DE GARANTÍA DE TALAGANTE DEJA CON ARRESTO DOMICILIARIO, ARRAIGO Y FIRMA A IMPUTADOS POR TRÁFICO DE ARMAS Y ASOCIACIÓN ILÍCITA

    31 octubre, 2018 - 16:213 Mins Lectura

    El Juzgado de Garantía de Talagante dejó sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno a tres de los 31 imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos de tráfico de armas y asociación ilícita, tras declarar ilegal su detención por infracción de garantías constitucionales.

    En la audiencia de formalización de la investigación (causa rol 5440-2018), la magistrada Gabriela Contreras Piderit decretó las cautelares de arraigo nacional y firma semanal ante la Policía de Investigaciones para el resto de los imputados. Además, fijó un plazo de investigación de 90 días.

    “Todos los antecedentes que tenía el Ministerio Público provenían de declaraciones ilegalmente prestadas por los imputados, quienes habían sido citados como testigos  y no como imputados. Declaraciones que, además, se tomaron sin la presencia de sus abogados”, expuso en la audiencia la magistrada Contreras Piderit.

    “No se podían valorar las declaraciones ilegalmente obtenidas y que de hacerlo las declaraciones de los sujetos que tenían armas -todos de poca educación e irreprochable conducta anterior- señalaban estar convencidos de que participarían en un club de tiro. Eso es de buena fe en el caso de que se pudiera admitir esa prueba  obtenida con infracción de garantías”, agregó.

    Asimismo, “el tribunal solicitó al Ministerio Público las actas de entrega de las armas cuyas copias deben estar en la armería y en la entidad fiscalizadora; y el fiscal reconoció no haber decretado esas diligencias ni haber citado a otros testigos distintos de los imputados. La defensa del único imputado que era  carabinero en servicio hasta el 29 de octubre, sostuvo que en 2014, él había realizado dos denuncias por considerar que había actuaciones sospechosas en Carabineros; sin embargo, al requerir de las denuncias se señaló por el fiscal que no las tenía como tampoco otras denuncias del año 2014 en que otro funcionario habría participado.  Tampoco se dio cuenta de la existencia física de ningún arma de fuego ni la entrega a estas a delincuentes en los hechos de la investigación, de parte de ninguno de los imputados”.

    En la resolución, la magistrada sostiene que en la causa no puede acceder a la solicitud de prisión preventiva del Ministerio Público por falta de elementos que justifique dicha la pretensión. Además, con el tiempo transcurrido  desde los primeros hechos denunciados, que habrían ocurrido en 2014, y por la falta de actividad investigativa “se hacía previsible la aplicación de media prescripción”.   Hizo presente, además, que la mayoría de los imputados había concurrido sin necesidad de detención a la fiscalía y que nunca antes fueron requeridos para formalizar la investigación.

     

    Fuente: Prensa Poder Judicial. 

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