- Piscina de edificio en calle Catedral no contaba con resolución sanitaria para funcionar, presentó cloración de aguas fuera de norma y falta de implementos de seguridad, por lo que se abrió un sumario sanitario.
- Durante esta temporada 13 han sido las piscinas de uso restringido fiscalizadas. A 11 de éstas se les cursó un sumario. Solo ante una denuncia presentada por la comunidad, la autoridad sanitaria puede fiscalizar.
Santiago, viernes 30 de enero 2015.- El Intendente de la Región Metropolitana, Claudio Orrego, y el SEREMI de Salud RM, Dr. Carlos Aranda, fiscalizaron durante esta mañana piscinas de edificios y condominios de la capital, para constatar el cumplimiento de la normativa sanitaria en estos recintos de uso restringido.
En el primero de los edificios visitados, ubicado en calle San Francisco comuna de Santiago, se verificó la presencia de todos los implementos exigidos, como sala de enfermería, señalización, implementos de rescate y aguas transparentes. Sin embargo, un escenario distinto fue el encontrado en un condominio de calle Catedral, donde los fiscalizadores comprobaron que no se cuenta con resolución sanitaria para funcionar, el nivel de cloración es más bajo que la norma y no hay implementos de seguridad, por lo que se decretó prohibición de funcionamiento.
“Queremos que el verano en nuestra capital sea un verano seguro para nuestro niños. Que un momento de diversión, no se transforme en un momento de tristeza o tragedia para nuestras familias. Por eso que continuamos con la Seremi de Salud nuestra labor de fiscalización. Es importante que estas piscinas de uso restringido, que no son piscinas públicas, tengan estándares sanitarios y medidas de seguridad como las que establece la ley. De 13 denuncias que hemos tenido este año, 11 han terminado con sumario sanitario. La mayoría de piscinas de hoteles, de edificios no cuenta con estas medidas, sin embargo, si no hay denuncia por parte de los particulares nosotros no podemos fiscalizar”, señaló el Intendente Metropolitano, Claudio Orrego.
Las Piscinas de edificios y condominios son denominadas como “de uso restringido”. En esta denominación se incluyen además los hoteles, establecimientos educacionales, gimnasios, instituciones, entre otros, que son destinados al uso exclusivo de un grupo reducido de personas. Existen más de 400 de estos recintos en la capital y son fiscalizados por la SEREMI de Salud RM, a través de denuncias que hace llegar la comunidad.
Es importante que este tipo de piscinas cuente con una resolución sanitaria para funcionar. “Las personas deben saber que las piscinas de uso restringido no están obligadas a contar con un salvavidas o con personal que atienda en la sala de primeros auxilios de forma permanente. Eso sí, las piletas de condominios deberán tener un reglamento interno de seguridad, el que deberá considerar, a lo menos, un responsable de la mantención de su higiene y seguridad que sea conocido por los usuarios y se encuentre expuesto en el recinto de la piscina. Por otra parte, hay ciertas salvedades en cuanto a las dependencias que se exigen a este tipo de recintos: No se requieren duchas o camarines, porque entendemos que las personas utilizan sus departamentos para tales efectos y en los hoteles tampoco se pide una sala de primeros auxilios exclusiva, si es que el hotel ya dispone de una que sea de fácil acceso”, señaló el Seremi de Salud, Carlos Aranda.
Un punto importante de la normativa, es que todo recinto cuente con cerca o reja perimetral, lavapiés, duchas (cortina de agua), franja reservada para la circulación de bañistas y escaleras a ambos lados de la parte más profunda de la pileta. En torno a la seguridad, las piscinas de condominios deben contar con elementos de: Cuerda, pértiga, camilla portátil, cinturón salvavidas. También debe estar demarcada la profundidad a ambos lados de la pileta. Es importante que la sala destinada a la atención de primeros auxilios, cuente con elementos necesarios para la atención: Camilla, frazadas, cuello ortopédico y respirador manual (ambú).
Las denuncias pueden ser ingresadas en el formulario online que dispone el Ministerio de Salud:http://OIRS.minsal.cl, llamando al 600 360 77 77 ó de forma presencial en la oficina de atención del usuarios de la Seremi de Salud RM, ubicada en Avda. Bulnes 194 y que funciona de lunes a jueves desde las 09:00 a 13:30 hrs, y viernes desde 09:00 a 13:00 hrs.
Fuente: Comunicaciones Intendencia Región Metropolitana.