Iniciativa priorizada por el Ejecutivo combatirá el sedentarismo, la obesidad infantil y fortalecerá la convivencia escolar tras 14 años de tramitación.
El Gobierno promulgó la Ley N°21.778 que obliga a todos los establecimientos educacionales del país a promover al menos 60 minutos diarios de actividad física, cumpliendo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y marcando un hito en las políticas de salud pública y educación integral.
La normativa, publicada en el Diario Oficial el 25 de noviembre de 2025, fue impulsada decisivamente por el actual gobierno a través de los ministerios de Salud, Educación y Deporte, después de permanecer 7 años sin movimiento en la Comisión de Hacienda del Senado.
Beneficios integrales para la salud y educación
La ministra de Salud, Ximena Aguilera, dijo que “esta ley nos ayuda porque la salud y el bienestar no se construyen solo con los médicos, sino en las condiciones en que nacemos, nos desarrollamos en la familia, nos educamos y en los ambientes de trabajo”. Destacó, además, que la actividad física beneficia tanto la salud física como la mental.
Por su parte, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, enfatizó el impacto transformador de la iniciativa: “Estos 60 minutos no solamente tienen un impacto práctico en el día a día, sino también en un cambio cultural que tenemos que provocar. Van a traernos un cambio a largo plazo como sociedad, pero también tienen un impacto en lo inmediato, especialmente en convivencia escolar y salud mental”.
La ley responde a una urgente necesidad nacional: Chile presenta altos índices de inactividad física, especialmente en mujeres, personas con menor nivel educativo y zonas urbanas. Además, enfrenta desafíos significativos de sobrepeso y obesidad infantil.
Características principales de la ley
- 60 minutos diarios obligatorios de juegos activos (parvularia) o actividad física (básica y media)
- No reemplaza la asignatura de Educación Física, sino que complementa la jornada educativa
- Integración pedagógica a través de metodologías activas en otras asignaturas, recreos y transporte escolar
- Inclusión garantizada para estudiantes con discapacidad y necesidades educativas especiales
- Formación continua para profesionales y asistentes de educación
- Sin nuevos gastos para el Estado, integrándose a planes de gestión existentes
El ministro del Deporte, Jaime Pizarro, destacó la importancia del trabajo intersectorial: “Esta es una expresión de lo colectivo que ha permitido que los parlamentarios y las iniciativas propuestas por los ministerios de Salud, Educación y Deporte puedan contribuir a que en estas comunidades se pueda desarrollar más actividad física”. Agregó que la ley permitirá “desincentivar las conductas sedentarias y el tiempo excesivo en pantallas, factores de riesgo para nuestros niños y niñas”, destacando además que “el primer ciclo pasa a tener una importancia trascendente, ya que es ahí donde los informes nutricionales muestran que hay que poner atención especial”.
Implementación gradual desde 2027
La ley entrará en vigencia a partir del año escolar 2027 en dos etapas:
- Primera etapa (2027): Educación Parvularia hasta 4° Básico
- Segunda etapa (2028): 5° Básico hasta 4° Medio
Gestión coordinada del gobierno
El senador Francisco Chahuán, autor de la moción presentada hace 14 años, agradeció el impulso gubernamental: “Hubo muchas excusas antes de lograr finalmente aprobar la ley. Este gobierno priorizó la iniciativa y logró que se convirtiera en realidad”.
Las gestiones coordinadas entre el Ejecutivo y los parlamentarios permitieron despejar las dudas sobre el impacto financiero y avanzar rápidamente en la tramitación durante 2024 y 2025, logrando una aprobación transversal en el Senado con 22 votos a favor, ninguno en contra y 2 abstenciones.
Alineación con estándares internacionales
Chile se suma a países como Finlandia, Francia y China que han implementado políticas similares de actividad física escolar obligatoria, siguiendo las directrices de la OMS que recomienda 60 minutos diarios de actividad moderada o vigorosa para niños y jóvenes de 5 a 17 años.
La promulgación de esta ley representa un avance sustancial en la construcción de una sociedad más saludable y activa, demostrando el compromiso del gobierno con el bienestar integral de las nuevas generaciones.
Fuente: Minsal.