- La autoridad Laboral reiteró el cumplimiento obligatorio del feriado para parte del comercio y los permisos legales para ejercer el sufragio.
La Dirección del Trabajo (DT) realizó un llamado a empleadores y trabajadores a respetar íntegramente la normativa laboral aplicable durante las elecciones presidenciales de segunda vuelta que se desarrollarán este domingo 14 de diciembre.
En este sentido la autoridad laboral recordó las obligaciones legales que rigen para el sector comercio y los derechos que asisten a trabajadores y trabajadoras durante la jornada electoral y precisó que los centros comerciales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica —como malls y strip centers— deberán permanecer cerrados durante todo el día domingo, dado que la ley establece para ellos un feriado legal obligatorio e irrenunciable.
La normativa señala que este feriado comienza a las 21:00 horas del sábado anterior y se extiende hasta las 06:00 horas del lunes siguiente. Mientras que el resto del comercio, incluyendo supermercados, grandes tiendas y locales que no se encuentren dentro de la categoría anterior, podrá funcionar con normalidad.
Al respecto la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Monserrat Castro, explicó que “los recintos comerciales y los strip centers administrados por una sola razón social o personalidad jurídica deberá permanecer cerrados el día domingo por corresponder a un feriado legal y obligatorio para sus trabajadores. Todo el resto del comercio -incluyendo supermercados, grandes tiendas y otros locales no regidos por la situación legal ya descrita- podrá funcionar este domingo. Sin embargo, aquellos trabajadores y trabajadoras que deban trabajar el día de las elecciones presidenciales de segunda vuelta cuentan con todas las garantías legales para cumplir con su deber de sufragio obligatorio o excusarse, sin impedimentos ni represalias”.
La ley establece que todo trabajador tiene derecho a un permiso de al menos tres horas para acudir a votar.
Aquellos designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral cuentan con permiso para ausentarse durante todo el tiempo que demande el desempeño de sus funciones, con goce de remuneraciones.
Fiscalización durante los comicios
La Dirección del Trabajo informó que reforzará su labor fiscalizadora este domingo 14 de diciembre. Las denuncias se recibirán a través del Canal de Atención Telefónica (CAT), disponible en el 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas.
Materias fiscalizables:
Materias fiscalizables:
1.- Feriado obligatorio del comercio
Aplicable a trabajadores comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo que presten servicios en centros comerciales administrados bajo una misma razón social.
Multas entre 3 UTM ($208.626) y 60 UTM ($4.172.520), según tamaño de empresa.
2.- Permisos para vocales de mesa, escrutadores y delegados electorales
Multas entre 3 y 60 UTM, según tamaño de empresa.
3.- Permiso de 3 horas para sufragar
Multas entre 3 y 60 UTM, según tamaño de empresa.
(Valor de la UTM en diciembre de 2025: $69.542)
Fuente: Dirección del Trabajo