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    Inicio»Comunicados de Prensa»Declaración Recurso de Amparo
    Comunicados de Prensa

    Declaración Recurso de Amparo

    16 agosto, 2021 - 16:503 Mins Lectura
    • Con fecha 10 de agosto de 2021, miembros de Consorcio Santa Marta presentaron un Recurso de Amparo con el propósito de resguardar las garantías constitucionales de los directores y ex directores de la empresa, concretamente, el derecho a la libertad personal y seguridad individual que se verían amenazados por la inminente imposición de medidas cautelares, derivadas de una formalización que carece de antecedentes serios.

     

    • La Fiscalía Local de Talagante ha actuado de forma arbitraria y negligente en la causa en contra de la compañía. Esto, debido a que se encontraron escasos antecedentes en la carpeta investigativa; copia de antecedentes que ya existen en otras carpetas anteriores e incluso -lo que es más grave- causas por delitos de asociación ilícita y tráfico de armas; delito consumado de cultivo de cannabis sativa; uso indebido y almacenamiento de uniforme de Carabineros; y uso indebido de documentación militar de dicha institución, actos que no tienen relación alguna con la causa que compete a Consorcio Santa Marta.

     

    • Es de suma gravedad que una causa de alta complejidad, como lo ha señalado la propia Fiscalía, cometa este nivel de errores y falta de prolijidad, pudiendo vulnerar la ley de estupefacientes, puesto que ninguno de los antecedentes presentados arroja indicios sobre la supuesta participación de Consorcio Santa Marta en la infracción del artículo 291 del Código Penal, y menos aún en los ilícitos que se nombraron anteriormente.  

     

    • Ante la consulta al fiscal a cargo por parte de uno de los directores, Guillermo Ruiz Pérez, sobre el RUC de la causa anunciada y la información contenida en éste, el persecutor no respondió. Sin embargo, con fecha 2 de junio de 2021 el mismo fiscal anunció a través de medios de comunicación -antes de informar a los investigados- que directores y ex directores de Consorcio Santa Marta serían formalizados por el mismo ilícito del artículo 291 del Código Penal, en una investigación cuyo RUC es distinto al que indicó en la audiencia de cautela de garantías.

     

    • A esto se suma, que la defensa de Consorcio Santa Marta pudo constatar que en el sistema SIAU del Ministerio Público figuraba como pendiente una orden de investigar, lo que demuestra que la decisión de formalización fue tomada aún antes de contar con los antecedentes mínimos para fundarla.

     

    • Todos estos errores, dificultan y afectan al debido proceso de quienes están siendo investigados, imposibilitando discutir cualquier medida cautelar.

     

    • Junto al Recurso de Amparo, también se ingresó una reclamación administrativa ante el Fiscal Nacional, dando cuenta de la negligencia con que ha actuado el persecutor en perjuicio directo no solo de quienes son mencionados en esta causa, sino también perjudicando la imagen del sistema judicial y su funcionamiento.

    Fuente: Ek.

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