Close Menu
MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Últimas Pautas

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Lunes 12 de mayo de 2025

    11 mayo, 2025 - 22:07

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Lunes 12 de mayo de 2025

    11 mayo, 2025 - 21:05

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Domingo 11 de mayo de 2025

    11 mayo, 2025 - 18:36

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Lunes 12 de mayo de 2025

    11 mayo, 2025 - 17:02

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Domingo 11 de mayo de 2025

    10 mayo, 2025 - 22:03
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Inicio
    • Quiénes Somos
    • Servicios
    • Soporte y Contacto
    • Recuperar Contraseña
    Facebook X (Twitter) YouTube
    MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Ingreso Clientes
    • Pauta Mediabanco
    • Directorio Mediabanco
    • Comunicados de Prensa
      • Académicas
      • Deporte
      • Entretención y Panoramas
      • Corporativos
      • Judicial y Policial
      • Nacional
      • Salud
      • Regional
    • Agenda Semanal
    • Editores de Turno
    • Portadas
    • Señal Mediabanco
    MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Inicio»Comunicados de Prensa»CORTE SUPREMA DICTA SENTENCIA DEFINITIVA EN ARISTA PRINCIPAL DEL CASO MOP GATE
    Comunicados de Prensa

    CORTE SUPREMA DICTA SENTENCIA DEFINITIVA EN ARISTA PRINCIPAL DEL CASO MOP GATE

    29 junio, 2016 - 10:335 Mins Lectura

    La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación sobre una serie de irregularidades cometidas en el Ministerio de Obras Públicas y la empresa Gestión Ambiental y Territorial (GATE), proceso que investigó en primera instancia la ministra Gloria Ana Chevesich Ruiz.

    En fallo unánime (causa rol 25378-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Andrea Muñoz y Manuel Antonio Valderrama– acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había condenado a 11 empleados de empresas consultoras que operaron con el MOP.

    De esta forma, el máximo tribunal mantuvo la sentencia de primera instancia dictada por ministra Chevesich, que condenó a los siguientes funcionarios públicos:

    -Carlos Cruz Lorenzen: 3 años de presidio en calidad de autor del delito de fraude al fisco continuado.
    -Sergio Cortés Castro: 5 años de presidio como autor del delito de fraude al fisco continuado.
    -Roberto Salinas Briones: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
    -Sergio Hinojosa Ramírez: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
    -Ramón Silva Améstica: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
    -Eduardo Bartholin Zanetta: 61 días de presidio como autor de fraude al fisco.
    -Gonzalo Castillo Navasal: 61 días de presidio como autor de fraude al fisco.
    -Nassir Sapag Chain: 200 días de presidio como autor de fraude al fisco.
    -Héctor Quiroz Astorga: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
    -Dolores Rufián Lizana: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
    -Óscar Araos Guzmán: 541 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
    -Héctor Peña Véliz: 61 días de presidio como cómplice de fraude al fisco.
    -Luis Jara Núñez: 40 días de presidio como encubridor de fraude al fisco.

    La sentencia del máximo tribunal confirmó la sentencia de primera instancia: “(…) en atención a las fundamentaciones que se han reproducido, este tribunal no puede sino llegar a la convicción, basada en la prueba que analiza profusamente el fallo de primer grado, que en la especie se ha configurado el delito de fraude al Fisco ocasionado con las maquinaciones que se expresan claramente en el fundamento 22 del dictamen de primera instancia y que ocasionó al Estado un perjuicio efectivo de $799.142.217, en la que un grupo de personas idearon un procedimiento para sobrevalorar el precio de consultorías necesarias para cumplir objetivos de obras públicas estatales, para obtener indebidamente recursos que se destinaron a pagar honorarios no consultados en el presupuesto público y que el Fisco no estaba en el deber de solucionar, lo cual según los antecedentes latamente explicados en dicha sentencia, que se ha reproducido en lo pertinente, importa cumplir con los elementos del tipo penal que hacen ilícita esas maniobras dolosas”.

    Resolución que agrega: “Con el mismo rigor probatorio se ha demostrado que en dichas conductas ilícitas tuvieron participación culpable en el delito, que se calificó como continuado, los acusados Cruz Lorenzen, Cortés Castro, Salinas Briones, Hinojosa Ramírez, Silva Améstica, Bartholin Zanetta, Castillo Navasal, Sapag Chaín, Quiroz Astorga, Rufián Lizana, Araos Guzmán, Peña Véliz y Jara Núñez, de modo que esa convicción de condena basada rigurosamente en la prueba aportada y que se constituyen como cargos fehacientes de esa responsabilidad, obligan a aceptar el criterio de condena manifestado en la sentencia de primera instancia y por lo tanto, no es posible modificar esas determinaciones y que aparecen reclamadas en los recursos interpuestos por dichos sentenciados, para enervar esas decisiones”.

    “Esta Corte coincidirá –continúa– con la juez a quo en lo que se refiere a las absoluciones de determinados consultores que dispusieron los giros de cheques de la cuenta corriente de su empresa para hacer devolución de una parte de un precio que a instancias de funcionarios del MOP, mandante de dichos contratos, según condiciones impuestas de forma perentoria y que aparecían como aceptables o plausibles, de manera que en los casos de los inculpados Marcos Luraschi, Abdón Naím, Sergio González, Francisco González, Eduardo Valenzuela, Luis Arrau, Alejandro Gutiérrez, Francisco Donoso, Carlos Calderón, Luis Solar y Jorge Quiroz, no demostrada de manera vehemente la existencia de una colaboración maliciosa en la producción del suceso ilícito, ideado por funcionarios públicos de un organismo del Estado como es el MOP, es dable aceptar la certeza moral absolutoria arribada por la juez de primera instancia y que autoriza el artículo 456 bis del Código de Procedimiento Penal”.

    La sentencia, además, impone a los condenados Cruz, Cortés, Salinas, Hinojosa, Silva, Bartholin, Castillo, Sapag, Quiroz, Rufián, Araos, Peña y Jara, las penas accesorias de inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio público y se les impone una multa ascendente al 10% del monto defraudado.

    En el aspecto civil, se acogió la demanda deducida por el Consejo de Defensa del Estado, por el Estado de Chile, y se condenó a los acusados a pagar la suma total $799.142.217 (setecientos noventa y nueve millones ciento cuarenta y dos mil doscientos diecisiete pesos).

     

    Fuente: Prensa Poder Judicial. 

    Articulo AnteriorSMA sanciona por segunda vez al Ministerio de Obras Públicas
    Articulo Siguiente HBO PRESENTA SU LISTA DE ESTRENOS DE PELÍCULAS PARA EL INVIERNO

    Contenido relacionado

    UTalca potencia desarrollo de estrategias de I+D en la zona centro sur del país

    11 mayo, 2025 - 09:51

    Junta Nacional PDC Voto Político

    10 mayo, 2025 - 21:07

    Día de la Madre: Alcalde de Independencia promueve  la “Ruta de las Flores” 

    10 mayo, 2025 - 15:22

    Primer Encuentro Nacional de MetaRed Chile sesionó en la UTalca

    10 mayo, 2025 - 09:50
    Add A Comment
    Leave A Reply Cancel Reply

    Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

    Buscador
    Otras Publicaciones

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Lunes 12 de mayo de 2025

    11 mayo, 2025 - 22:07

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Lunes 12 de mayo de 2025

    11 mayo, 2025 - 21:05

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Domingo 11 de mayo de 2025

    11 mayo, 2025 - 18:36

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Lunes 12 de mayo de 2025

    11 mayo, 2025 - 17:02

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Domingo 12 de mayo de 2024

    11 mayo, 2025 - 15:24

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Domingo 11 de mayo de 2025

    10 mayo, 2025 - 22:03

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Domingo 11 de mayo de 2025

    10 mayo, 2025 - 21:01

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Domingo 11 de mayo de 2025

    10 mayo, 2025 - 17:18

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Sábado 11 de mayo de 2024

    10 mayo, 2025 - 17:14

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Sábado 10 de mayo de 2025

    10 mayo, 2025 - 09:21

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Sábado 10 de mayo de 2025

    9 mayo, 2025 - 23:41

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Sábado 10 de mayo de 2025

    9 mayo, 2025 - 21:17

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Sábado 10 de mayo de 2025

    9 mayo, 2025 - 18:10

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 2 – Viernes 09 de mayo de 2025

    9 mayo, 2025 - 11:36

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Viernes 09 de mayo de 2025

    9 mayo, 2025 - 01:19

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Viernes 09 de mayo de 2025

    8 mayo, 2025 - 23:46

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Viernes 09 de mayo de 2025

    8 mayo, 2025 - 21:22

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Viernes 09 de mayo de 2025

    8 mayo, 2025 - 18:03

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 7 – Jueves 08 de mayo de 2025

    8 mayo, 2025 - 16:08

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 6 – Jueves 08 de mayo de 2025

    8 mayo, 2025 - 14:05
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Inicio
    • Quiénes Somos
    • Servicios
    • Soporte y Contacto
    • Recuperar Contraseña

    MEDIABANCO Agencia de Noticias - Chile

    Envíanos tu pauta a pauta@mediabanco.com

    Contrata nuestro servicio en contacto@mediabanco.com

    Fono: +56 2 2929 5243 | +56 2 2929 5244

    Escriba arriba y presione Enter para buscar. Presione Esc cancelar.

    Sign In or Register

    Bienvenido!

    Inicie sesión en su cuenta a continuación.

    Perdió la contraseña?