Close Menu
MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Últimas Pautas

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Jueves 19 de junio de 2025

    19 junio, 2025 - 09:01

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Jueves 19 de junio de 2025

    19 junio, 2025 - 00:00

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Jueves 19 de junio de 2025

    18 junio, 2025 - 21:32

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Jueves 19 de junio de 2025

    18 junio, 2025 - 18:11

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 2 – Miércoles 18 de junio de 2025

    18 junio, 2025 - 12:20
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Inicio
    • Quiénes Somos
    • Servicios
    • Soporte y Contacto
    • Recuperar Contraseña
    Facebook X (Twitter) YouTube
    MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Ingreso Clientes
    • Pauta Mediabanco
    • Directorio Mediabanco
    • Comunicados de Prensa
      • Gobierno
      • Politica
      • Economía
      • Corporativos
      • Académicos
      • Judicial y Policial
      • Salud
      • Regional
      • Panoramas
      • Deporte
      • Otros Comunicados
    • Efemérides
    • Agenda Semanal
    • Editores de Turno
    • Portadas
    • Señal Mediabanco
    MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Inicio»Comunicados de Prensa»Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirma criterio del Juzgado de Policía Local sobre legalidad de subdivisiones de predios rústicos
    Comunicados de Prensa

    Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirma criterio del Juzgado de Policía Local sobre legalidad de subdivisiones de predios rústicos

    21 noviembre, 2024 - 13:365 Mins Lectura

    El tribunal expuso una serie de argumentos que resuelven el corazón de las disputas que en los últimos años han tenido desarrolladores con el SAG y el MINVU.

    “Como Asociación Gremial hemos venido insistiendo en los puntos que entregó la Corte de Apelaciones de la Región de Los Lagos… Sin duda es una excelente noticia para muchas personas que hoy encuentran un respaldo jurídico para poder pelear cientos de paralizaciones injustas que ha llevado adelante el SAG”, comentó Patricio Alvarez al referirse a las sentencias entregadas por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt en los casos de Petrohué Riverside y Bandurrias.

    “Acá -prosiguió Alvarez- debemos felicitar al abogado Carlos Barahona, quien realizó la defensa… Queda demostrado que lo que venimos pregonando como Asociación Gremial tienen consistencia jurídica, que siempre hemos actuado conforme a la ley, y es lo que están ratificando los fallos que acaban de ser dictados por la Corte de Apelaciones en el sur”.

    Felipe Riesco, asesor jurídico de Chile Rural, expresó: “Es muy relevante la sentencia ya que establece una serie de puntos que ratifican el marco legal aplicable en materia de subdivisiones prediales, a saber:

    1. Posibilidad de subdividir libremente los predios rústicos: “el Decreto Ley N°3516 de 1980 establece como principio general que los predios rústicos ubicados fuera de los límites urbanos podrán ser divididos libremente siempre que los lotes resultantes tengan una superficie no inferior a 0,5 hectáreas, norma que no aparece infringida con el mérito del certificado de subdivisión predial del Servicio Agrícola y Ganadero.” (considerando 4°).
    2.  Sólo se requiere la certificación del SAG: “En el mismo sentido, cabe tener presente que conforme a lo establecido en el artículo 2.1.19 N°1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones estas divisiones “requieren certificación del Servicio Agrícola y Ganadero, respecto al cumplimiento de la normativa vigente en la materia, sin que sea exigible autorización de la Dirección de Obras Municipales (DOM)”. Por consiguiente, el tenor de la ley es claro en cuanto a que no se requiere autorización alguna de la Dirección de Obras para la subdivisión de predios rústicos, bastando para el efecto la certificación del Servicio Agrícola y Ganadero.” (considerando 4°).
    3. La construcción de la vivienda del propietario no altera la aptitud agrícola, ganadera y forestal del predio: “Por otro lado, tampoco se advierte una alteración de la aptitud rústica del predio, toda vez la finalidad agrícola, ganadera o forestal no es incompatible con la construcción de la vivienda del propietario de una subdivisión, lo que se desprende del artículo 55 inciso 1° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.” (Considerando 4°).
    4. La Construcción de caminos es una actividad no sólo permitida por la LGUC, sino que exigida por el DL 3.516: “Por consiguiente, de acuerdo con la normativa legal citada se hace evidente que la construcción de tales caminos no solo se encuentra permitida por el artículo 55 inciso 1° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sino que incluso es exigida por los incisos 1. “el Decreto Ley N°3516 de 1980 establece como principio general que los predios rústicos ubicados fuera de los límites urbanos podrán ser divididos libremente siempre que los lotes resultantes tengan una superficie no inferior a 0,5 hectáreas, norma que no aparece infringida con el mérito del certificado de subdivisión predial del Servicio Agrícola y Ganadero.” (considerando 4°).
    5. El que desarrolla una subdivisión, no debe hacerse responsable sobre lo que los adquirientes del predio hagan con posterioridad: “Que, en lo relativo a la construcción de viviendas, se ha demostrado que la recurrida no es una empresa constructora y que han sido los adquirentes de los predios resultantes de la subdivisión quienes han construido aquéllas, de manera que tampoco existe infracción sobre el punto.” (Considerando 6°).
    6. Las redes eléctricas y la provisión de agua no constituyen urbanización, y deben realizarse para habilitar las viviendas del propietario que la ley permite:  “Que, si bien la apelación se refiere a otro tipo de obras, refiriéndose al soterramiento de redes eléctricas y a la provisión de agua, ello no fue constatado en el informe en terreno ya señalado. Con todo, cabe considerar que desde el momento en que se permite la construcción de viviendas para sus propietarios, aquellas instalaciones son igualmente legítimas y necesarias, no constituyendo obras de urbanización.” (Considerando 7°).
    7. Es la Seremi Minvu la única competente para fiscalizar (ex post) y denunciar al JPL los eventuales incumplimientos al DL 3516: “Que, cabe considerar que tal como lo ha señalado el juez a quo, el artículo 55 inciso 2° de la Ley General de Urbanismo y Construcción establece que “Corresponderá a la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo respectiva cautelar que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales, con fines ajenos a la agricultura, no originen nuevos núcleos urbanos al margen de la Planificación urbana intercomunal”, lo que unido a lo previsto en el artículo 2.1.19 N°1 permite concluir que no es la Dirección de Obras Municipales el organismo competente para el efecto.” (considerando 8°).

    “Como Asociación Gremial valoramos la resolución de la Corte de Apelaciones y seguiremos abogando por el apego al principio de legalidad que debe existir en las subdivisiones prediales.”, finalizó Felipe Riesco.

    Patricio Álvarez hizo un llamado al Ministro de Agricultura para que deponga las vías de hecho que ha propugnado para torcer el marco legal en esta materia. “Estos fallos, vienen a ratificar que el actuar del Ministerio de Agricultura y del SAG ha sido contrario a la Constitución y a las leyes”, y agregó que “haremos llegar estos antecedentes a la Cámara de Diputados y el Senado, para que ejerzan las facultades fiscalizadoras que estimen pertinente.”

    Fuente: Chile Rural

    Articulo AnteriorBOLETÍN MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Jueves 21 de noviembre de 2024
    Articulo Siguiente PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 4 – Jueves 21 de noviembre de 2024

    Contenido relacionado

    Ley de Fraccionamiento:  Sonapesca advierte que las empresas tendrán que ajustarse por menor cuota y que la incertidumbre persiste en el sector

    19 junio, 2025 - 00:33

    Mallplaza implementa “Hora Silenciosa” para avanzar en inclusión y accesibilidad

    19 junio, 2025 - 00:30

    ESPACIO URBANO TE INVITA A VIVIR UNAS VACACIONES DE INVIERNO LLENAS DE ACCIÓN Y DIVERSIÓN

    19 junio, 2025 - 00:23

    Chilenos prefieren vacacionar en Chile y los que vuelan al extranjero eligen Río de Janeiro, Madrid y Punta Cana

    19 junio, 2025 - 00:22
    Add A Comment

    Comments are closed.

    Buscador
    Otras Publicaciones

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Jueves 19 de junio de 2025

    19 junio, 2025 - 09:01

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Jueves 19 de junio de 2025

    19 junio, 2025 - 00:00

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Jueves 19 de junio de 2025

    18 junio, 2025 - 21:32

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Jueves 19 de junio de 2025

    18 junio, 2025 - 18:11

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 2 – Miércoles 18 de junio de 2025

    18 junio, 2025 - 12:20

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Miércoles 18 de junio de 2025

    18 junio, 2025 - 09:20

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Miércoles 18 de junio de 2025

    17 junio, 2025 - 23:44

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Miércoles 18 de junio de 2025

    17 junio, 2025 - 21:30

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Miércoles 18 de junio de 2025

    17 junio, 2025 - 18:29

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 3 – Martes 17 de junio de 2025

    17 junio, 2025 - 10:04

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 2 – Martes 17 de junio de 2025

    17 junio, 2025 - 09:43

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Martes 17 de junio de 2025

    17 junio, 2025 - 09:31

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Mates 17 de junio de 2025

    16 junio, 2025 - 23:37

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Mates 17 de junio de 2025

    16 junio, 2025 - 21:20

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Mates 17 de junio de 2025

    16 junio, 2025 - 18:06

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Lunes 16 de junio de 2025

    16 junio, 2025 - 17:44

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Lunes 16 de junio de 2025

    15 junio, 2025 - 22:28

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Lunes 16 de junio de 2025

    15 junio, 2025 - 21:08

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Lunes 16 de junio de 2025

    15 junio, 2025 - 17:36

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Domingo 15 de junio de 2025

    15 junio, 2025 - 08:56
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Inicio
    • Quiénes Somos
    • Servicios
    • Soporte y Contacto
    • Recuperar Contraseña

    MEDIABANCO Agencia de Noticias - Chile

    Envíanos tu pauta a pauta@mediabanco.com

    Contrata nuestro servicio en contacto@mediabanco.com

    Fono: +56 2 2929 5243 | +56 2 2929 5244

    Escriba arriba y presione Enter para buscar. Presione Esc cancelar.

    Sign In or Register

    Bienvenido!

    Inicie sesión en su cuenta a continuación.

    Perdió la contraseña?