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    Comunicados de Prensa

    CHILE HACE EFECTIVA LA PROHIBICIÓN DE LA PESCA DE ARRASTRE DE FONDO EN TODOS SUS MONTES SUBMARINOS

    24 febrero, 2015 - 15:063 Mins Lectura

    A partir de ahora el 100% de los montes submarinos existentes en aguas nacionales quedarán protegidos de la pesca de arrastre de fondo, resguardando de esta manera los frágiles ecosistemas que albergan estas formaciones. Así el gobierno avanza en el compromiso gubernamental respecto de la pesca de arrastre mediante una transición que genere los mínimos impactos en la industria nacional.

     

    Valparaíso: Hasta hoy la prohibición de realizar pesca de arrastre de fondo en los montes submarinos establecida en la ley de pesca era letra muerta, debido a que no había catastro oficial de los mismos, por lo que era imposible protegerlos. La resolución 451 de fecha 17 de febrero menciona cada uno de ellos, estableciendo su ubicación y área.

     

    De acuerdo a este catastro, existen 117 montes submarinos que están en aguas bajo jurisdicción de Chile, cuatro de los cuales ya se encontraban protegidos pues están ubicados dentro del Parque Marino Motu MotiroHiva. Los 113 montes submarinos restantes que serán protegidos con esta resolución totalizan un área de 68.065,63 Km2, lo que equivale a 4,4 veces la superficie de la Región Metropolitana.

     

    Los montes submarinos albergan ecosistemas únicos y poco conocidos, donde es frecuente encontrar corales y esponjas de aguas frías y profundas, peces que logran vivir por sobre los 120 años y otras especies aun no descritas por los científicos. A diferencia de otros ecosistemas marinos, los que se encuentran en los montes submarinos son extremadamente frágiles a perturbaciones provocadas por la pesca.

     

    “Lo que estamos haciendo es notable y no tiene precedentes. Chile está conservando el 100% de los ecosistemas marinos que se desarrollan en sus montes submarinos, lo que demuestra el compromiso efectivo con la conservación de la biodiversidad marina y el avance en la agenda de gobierno en esta materia. Otros países pesqueros que han avanzado en regulaciones equivalentes como Nueva Zelanda han implementado medidas similares pero en ese caso solo han dado protección legal al 52% de sus montes submarinos”, indicó Raúl Súnico, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.

     

    “Esta medida se suma a la ampliación de la veda de septiembre en las regiones IV y VIII para la pesquería de arrastre de fondo de camarón y langostinos, el mejoramiento de las redes de pesca en la misma pesquería, y otras medidas similares que seguiremos trabajando para dar fiel cumplimiento al programa de gobierno de la presidenta Bachelet en cuanto a la pesca de arrastre de fondo”, concluyó Súnico.

     

    La Ley General de Pesca y Acuicultura, modificada mediante la Ley N° 20.657, incorpora la protección de los ecosistemas marinos vulnerables en las aguas jurisdiccionales de la nación, entre los que están los montes submarinos, estableciendo en su Artículo 5°, inciso tercero, que tratándose de montes submarinos, no se permitirá la pesca de fondo, a menos que exista una investigación científica realizada de acuerdo al protocolo y reglamento a que se refiere el  artículo 6° B, que demuestre que la actividad de pesca no genera efectos adversos sobre los ecosistemas marinos vulnerables presentes en el área.

     

    Sin embargo, la ley no establece el número, posición y área geográfica que cubren los montes submarinos de Chile que requieren una protección especial a la pesca de fondo, y en especial a la pesca de arrastre de fondo. A través de esta resolución la Subsecretaria está llenando este vacío y avanzando en el compromiso establecido en el programa de gobierno de la Presidenta Bachelet en relación a la pesca de arrastre de fondo.

     

    Fuente: Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

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