Close Menu
MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Últimas Pautas

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Martes 23 de diciembre de 2025

    22 diciembre, 2025 - 23:08

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Martes 23 de diciembre de 2025

    22 diciembre, 2025 - 20:27

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Martes 23 de diciembre de 2025

    22 diciembre, 2025 - 16:34

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Lunes 22 de diciembre de 2025

    22 diciembre, 2025 - 13:19

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Lunes 22 de diciembre de 2025

    21 diciembre, 2025 - 21:24
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Inicio
    • Quiénes Somos
    • Servicios
    • Soporte y Contacto
    • Recuperar Contraseña
    Facebook X (Twitter) YouTube
    MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Ingreso Clientes
    • Pauta Mediabanco
    • Directorio Mediabanco
    • Comunicados de Prensa
      • Gobierno
      • Politica
      • Economía
      • Corporativos
      • Académicos
      • Judicial y Policial
      • Salud
      • Regional
      • Panoramas
      • Deporte
      • Otros Comunicados
    • Efemérides
    • Agenda Semanal
    • Editores de Turno
    • Portadas
    • Señal Mediabanco
    MEDIABANCO Agencia de Noticias – Chile
    Inicio»Comunicados de Prensa»CORTE DE SANTIAGO ACOGE RECURSO DE AMPARO Y DA POR CUMPLIDA CONDENA DE INTERNO DEL PENAL PUNTA PEUCO
    Comunicados de Prensa

    CORTE DE SANTIAGO ACOGE RECURSO DE AMPARO Y DA POR CUMPLIDA CONDENA DE INTERNO DEL PENAL PUNTA PEUCO

    17 marzo, 2017 - 10:173 Mins Lectura

    La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de amparo y dio por cumplida la pena impuesta a José Cáceres González, ordenando su libertad sin restricciones.

    En fallo dividido (causa rol 624-2017), la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jaime Balmaceda, Tomás Gray y el abogado (i) Mauricio Decap– acogió la acción cautelar presentada por la defensa del oficial en retiro de la Armada José Cáceres González, condenado a 5 años y un día de presidio por el secuestro calificado de Rudy Cárcamo Ruiz, pena que cumplió en diciembre pasado.

    La sentencia del tribunal de alzada establece el actuar arbitrario del Ministerio de Justicia al no dar por cumplida la pena, tras recibir el sentenciado el beneficio de la reducción de condena.

    “Que no obstante los argumentos dados por la autoridad administrativa, lo cierto es que en el caso sublite hay un pronunciamiento jurisdiccional vigente -ejecutoriado, por cierto- que le reconoció al amparado la reducción de su condena, lo que no está discutido por la recurrida. Tampoco está discutido que, con esa reducción, el amparado cumplió la condena impuesta en el mes de diciembre del año pasado. Por otra parte, también ha quedado firme o ejecutoriada la decisión de esta Corte de Apelaciones en cuanto a concederle al mismo recurrente la libertad condicional, con fecha 27 de octubre de 2016, según se ha podido verificar en la causa Rol Ingreso N° 1.014-2016, recurso de amparo deducido contra Gendarmería de Chile y contra la Comisión de Libertad Condicional, el que fue acogido, ordenándose la libertad del amparado”, establece el fallo.

    La resolución agrega que: “para poder excluir al recurrente del citado beneficio de reducción de condena, forzoso es que concurra alguna de las causales contempladas en el artículo 17 de la Ley N°19.856, lo que no sucede en la especie, razón por la cual, al denegarse el beneficio concedido por la Comisión, revisando nuevamente la procedencia de los requisitos cuya procedencia ya había sido determinada por esa entidad invocando para ello causales de exclusión distintas a las señaladas en el citado artículo 17, la autoridad ministerial se ha excedido de la órbita de sus atribuciones, contrariando con ello el principio de juridicidad, consagrado en los artículos 6° y 7° de la Carta Fundamental”.

    “(…) en consecuencia, siendo inconcuso que el recurrente continúa aún sujeto al cumplimiento de una pena que ya se agotó, mediante el mecanismo de reconocimiento de rebaja de su condena, conforme a la normativa prevista en la Ley N°19.856, ello conlleva a concluir que el citado Decreto Exento N° 2.802 contraviene el artículo 21 del texto constitucional y los artículos 7°, 8°, 9° y 17 de la Ley N°19.856, pues priva ilegal y arbitrariamente al amparado de su derecho a la libertad personal, toda vez que lo sujeta a condiciones y cumplimiento de requisitos para gozar de su libertad condicional, habiendo cesado la pena que daba origen a esa forma de cumplimiento”, concluye.

     

    Fuente: Prensa Poder Judicial. 

    Articulo AnteriorPAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 3 – Viernes 17 de marzo de 2017.
    Articulo Siguiente Chile potenciará la promoción de su salmón y mejillones durante la feria más importante de productos del mar de Norteamérica

    Contenido relacionado

    PUCV realizará tercera Escuela de Verano Acción Senior enfocada en tecnología, economía y ciudades amigables

    23 diciembre, 2025 - 08:54

    Comercio minorista presencial de la RM marca en noviembre un alza de 3,5% real anual confirmando una recuperación gradual pero acotada del consumo el 2025

    23 diciembre, 2025 - 08:53

    En II Summit Cambio Climático: ABB en Chile llama a cerrar la distancia entre sostenibilidad y ejecución

    23 diciembre, 2025 - 08:51

    Publicaciones estadísticas del Banco Central de Chile

    23 diciembre, 2025 - 08:50
    Add A Comment
    Leave A Reply Cancel Reply

    Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

    Buscador
    Otras Publicaciones

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Martes 23 de diciembre de 2025

    22 diciembre, 2025 - 23:08

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Martes 23 de diciembre de 2025

    22 diciembre, 2025 - 20:27

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Martes 23 de diciembre de 2025

    22 diciembre, 2025 - 16:34

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Lunes 22 de diciembre de 2025

    22 diciembre, 2025 - 13:19

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Lunes 22 de diciembre de 2025

    21 diciembre, 2025 - 21:24

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Lunes 22 de diciembre de 2025

    21 diciembre, 2025 - 20:02

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Lunes 22 de diciembre de 2025

    21 diciembre, 2025 - 16:35

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Domingo 21 de diciembre de 2025

    20 diciembre, 2025 - 21:11

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Domingo 21 de diciembre de 2025

    20 diciembre, 2025 - 20:08

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Domingo 21 de diciembre de 2025

    20 diciembre, 2025 - 16:32

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 2 – Sábado 20 de diciembre de 2025

    20 diciembre, 2025 - 09:31

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Sábado 20 de diciembre de 2025

    20 diciembre, 2025 - 07:35

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Sábado 20 de diciembre de 2025

    19 diciembre, 2025 - 22:30

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Sábado 20 de diciembre de 2025

    19 diciembre, 2025 - 20:12

    PAUTA MEDIABANCO – PRIMERA EDICIÓN – Sábado 20 de diciembre de 2025

    19 diciembre, 2025 - 17:00

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 3 – Viernes 19 de diciembre de 2025

    19 diciembre, 2025 - 13:13

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 2 – Viernes 19 de diciembre de 2025

    19 diciembre, 2025 - 08:01

    PAUTA MEDIABANCO: Agregados Nº 1 – Viernes 19 de diciembre de 2025

    19 diciembre, 2025 - 06:21

    PAUTA MEDIABANCO – TERCERA EDICIÓN – Viernes 19 de diciembre de 2025

    18 diciembre, 2025 - 22:50

    PAUTA MEDIABANCO – SEGUNDA EDICIÓN – Viernes 19 de diciembre de 2025

    18 diciembre, 2025 - 20:22
    Facebook X (Twitter) YouTube
    • Inicio
    • Quiénes Somos
    • Servicios
    • Soporte y Contacto
    • Recuperar Contraseña

    MEDIABANCO Agencia de Noticias - Chile

    Envíanos tu pauta a pauta@mediabanco.com

    Contrata nuestro servicio en contacto@mediabanco.com

    Fono: +56 2 2929 5243 | +56 2 2929 5244

    Escriba arriba y presione Enter para buscar. Presione Esc cancelar.

    Sign In or Register

    Bienvenido!

    Inicie sesión en su cuenta a continuación.

    Perdió la contraseña?