Ciro Colombara:
“Una persona puede ser candidata a un cargo de elección popular y también puede ejercer el derecho a sufragio, en la medida que no haya sido condenada. En Chile, y en el mundo, las personas se presumen inocentes mientras no exista una sentencia condenatoria. Es una cuestión fundamental en la calidad de una democracia y desde esa perspectiva, el derecho a sufragio está protegido por la Constitución y también por tratados y convenciones internacionales.
No basta una acusación por parte del Ministerio Público para privar a una persona de su derecho a voto. La acusación es un acto unilateral y administrativo, y mientras no exista una revisión por parte de un tribunal, los ciudadanos no pierden sus derechos políticos y la presunción de inocencia se mantiene. Actuar de otro modo, evidentemente, sería una infracción a los derechos fundamentales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara en ese sentido y, por cierto, el Tribunal Constitucional de Chile y el mismo Tricel, el Tribunal Calificador de Elecciones, se pronunciaron a propósito de un caso similar hace cuatro años en el sentido que estamos señalando”.
Fuente: Audentia.