El dictamen de la Contraloría General de la República ratifica la legalidad de las farmacias populares, estableciendo como requisito que dichas farmacias dependan administrativamente de los establecimientos municipales de atención primaria de salud y que la venta de medicamentos se ajuste a la normativa sanitaria aplicable a todas las farmacias.
El requisito antes señalado permite que las farmacias populares puedan funcionar en cualquier parte de la comuna y no necesariamente en el local donde se emplaza el consultorio.
Asimismo, se establece la legalidad del expendio de medicamentos en la medida que se haga con fines de salud pública y no con un propósito comercial.
Fuente: Contraloría General de la República.