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    Comunicados de Prensa

    Paz Ciudadana aborda con ministro del Interior propuestas para mejorar la seguridad, el control del delito y la reinserción.

    31 julio, 2015 - 08:438 Mins Lectura

    Propuestas en cinco áreas prioritarias para optimizar la persecución y control del delito y la reinserción de condenados entregó al ministro del Interior y Seguridad Pública, Jorge Burgos, la Fundación Paz Ciudadana esta tarde en reunión sostenida en La Moneda.

     

    Se trata de una batería de acciones concretas e inmediatas, además de políticas de mediano y largo plazo que —a juicio de la institución— son “claves” para avanzar no sólo en el control de los ilícitos, sino para que también éstos puedan ser sentidos por la ciudadanía en comunas y barrios, quienes han visto aumentar su nivel de inseguridad y temor, junto con calificar  persistentemente con baja nota a las instituciones a cargo de la persecución criminal.

     

    Bernardo Matte, presidente de la Fundación y Catalina Mertz, directora ejecutiva, abordaron con el ministro propuestas para un mejor control de los delincuentes violentos y prolíficos a través del Banco Unificado de Datos y el uso del análisis criminal; ideas para avanzar con mayor rapidez en un Servicio Nacional de Reinserción que tenga control de medidas cautelares y penas alternativas; y, la apertura de información pública hacia la comunidad sobre problemas y focos delictivos específicos.

     

    Asimismo, se abordó con el titular de Interior, modificaciones al proyecto de agenda corta antidelincuencia que se discute en el Congreso,  y una propuesta sobre el control preventivo de identidad para sacarlo del Código Procesal Penal, y en la que se incluyan también mecanismos de recepción de quejas y estadísticas de uso por parte de las instituciones policiales.

     

    Dentro de las llamadas “reformas estructurales” del sistema, la Fundación propuso al ministro avanzar en el mediano y largo plazo, en un nuevo Código Penal para actualizar el catálogo de delitos y reducir su discrecionalidad, la definitiva creación de un Servicio Nacional de Responsabilidad Penal Adolescente, junto con ajustes a la ley N° 20.084; además de “inspectorías independientes” de las instituciones policiales y Gendarmería  que entreguen informes públicos periódicos sobre eficacia en el uso de recursos y resultados.

     

    Acciones y políticas propuestas por la Fundación:

     

    1. Mayor control en terreno de delincuentes violentos y prolíficos a través del Banco Unificado de Datos y Análisis Criminal:
    • Disponibilidad de la información en línea, oportuna y priorizada para apoyar la coordinación en terreno de fiscales, policías y personal penitenciario.

     

    • Coordinación institucional que apoyen captura priorizada de delincuentes de alto perfil criminológico, con órdenes de detención pendientes y que sean abordadas en reuniones PACIC de Carabineros.

     

    • Planes de implementación institucional (Policías y Ministerio Público) concretos para el Banco Unificado de Datos.

     

    • Instalación de equipos de análisis criminal en todas las instituciones encargadas de la persecución criminal.

     

    • Publicación de planes de persecución estratégicos por región por parte del Ministerio Público.

     

    1. Control preventivo de identidad y modificaciones al Código Procesal Penal:

     

    • Regular el control preventivo de identidad fuera del Código Procesal Penal, estableciéndolo para control del orden público y focos delictuales e incluyendo mecanismos de recepción de quejas y estadísticas de su uso.

     

    Modificaciones ya consideradas en agenda corta antidelincuencia:

     

    • Regular las actuaciones policiales sin orden previa con posibilidad de identificar a testigos y consignar sus declaraciones (En tramitación).

     

    • Facultar al juez a entender que la idea de ‘comparecencia demorada o dificultada’ (que gatilla la autorización de orden de detención) tiene lugar cuando se solicita respecto de un hecho con pena privativa de libertad de crimen (En tramitación).

     

    • Facultar a las policías a practicar registro de vestimentas, equipaje o vehículo del detenido en flagrancia, y en caso de tener que hacer ingreso a un lugar cerrado para practicar una detención en caso de flagrancia, permitirles registrar dicho lugar e incautar la evidencia que se encuentre (En tramitación).

     

    • En el caso de la comparecencia judicial del detenido, obligar al juez de garantía a informar al fiscal regional en los casos en que no concurre el fiscal o un abogado asistente a dicha audiencia, lo cual tiene siempre por consecuencia la liberación del detenido (En tramitación)

     

    • Facultar al tribunal a considerar que existe peligro de fuga cuando el imputado registre una o más órdenes de detención judicial pendientes o tenga reiteradas detenciones anteriores (En tramitación)

     

    • En el caso de las hipótesis de entrada y registro a lugar cerrado sin autorización ni orden judicial, agregar una nueva hipótesis, consistente en constatar que se está procediendo a la destrucción de objetos, documentos o instrumentos, de cualquier caso, destinados a la comisión del hecho investigado o los que provienen de él. Sujeta su validez a un registro audiovisual de ella (En tramitación).

     

    Medidas adicionales propuestas:

     

    • En el caso de la comparecencia judicial del detenido, que se pueda realizar la a audiencia de control de detención ante del juzgado de garantía del lugar donde fue detenido, aunque éste quede fuera del territorio jurisdiccional del tribunal que ordenó su detención.

     

    • Incorporar como hipótesis de flagrancia el ser indicado por cualquier medio fotográfico, visual o audiovisual como autor o cómplice en un delito que se hubiere cometido en un tiempo inmediato (12 horas).

     

    • Regular el procedimiento de reconocimiento de imputados por parte de las víctimas.

     

    • Establecer el deber del fiscal de informar a la víctima de las razones por las cuales se archivará provisionalmente los hechos investigados en los casos en que existe imputado conocido.

     

    • Establecer el deber del fiscal de informar oportunamente a los intervinientes acerca de la decisión tomada por el Ministerio Publico respecto a la solicitud de realización de diligencias de investigación propuestas por éstos.

     

    • Aumentar el plazo del que dispone el Ministerio Publico para ejercer acusación respecto de investigaciones cuyo plazo de investigación se haya extendido más allá de 1 año, aumentado en 1 día por cada mes adicional de investigación por sobre el año; y regular la obligación de informar a la víctima o su querellante de las razones concretas por las cuales se ha tomado en su causa la decisión de no perseverar en el procedimiento.

     

    • Tratándose del recurso de nulidad, mantener el plazo existente de 10 días, pero disponer de su aumento en 1 día por cada dos días de duración del juicio oral que dio origen a la sentencia definitiva que se busca impugnar, con un plazo máximo de 25 días.

     

    1. Información y estadísticas públicas:

     

    Sobre problemas y focos delictivos:

     

    • Cantidad de prófugos de la justicia, total y por delitos violentos.

     

    • Incidentes de balas locas, por comuna.

     

    • Cantidad de armas de fuego incautadas, según tipo de arma (corta o larga), si son legales o se encuentran en la irregularidad, y, de las irregulares, cuántas alguna vez fueron legales o no.

     

    • Pandillas o grupos violentos, y bandas organizadas dedicadas al tráfico de drogas.

     

    • Puntos de venta de drogas.

     

    Sobre planes, programas, y acciones:

     

    • Dotaciones policiales efectivas, y porcentaje dedicado a prevención y control del delito, por unidad territorial.

     

    • Porcentaje del personal y del presupuesto de las policías destinadas a labores distintas a la prevención y el control del delito.

     

    • Plan anual y resultados de la Comisión de Coordinación de Sistema Penal.

     

    • Planes regionales de persecución penal del Ministerio Público.

     

    • Planes y tácticas adoptadas en reuniones PACIC de Carabineros de Chile.

     

    • Diligencias policiales realizadas con éxito, no realizadas (órdenes de aprehensión, diligencias investigativas).

     

    • Personas detenidas que son efectivamente formalizadas.

     

    1. Creación del Servicio Nacional de Reinserción con control sobre penas alternativas y medidas cautelares:

     

    • Institución con foco en el control, quebrantamiento,  reincidencia y reinserción de 50 mil personas que actualmente cumplen una condena mediante la aplicación de penas alternativas a la cárcel, además de la supervisión de medidas cautelares.

     

    1. Impulso a reformas estructurales:

     

    • Nuevo Código Penal: Actualizar delitos y reducir discrecionalidad que implica hoy sistema de atenuantes y agravantes.

     

    • Creación del Servicio Nacional de Responsabilidad Penal Adolescente y judicatura especializada.

     

    • Modificaciones a la Ley N°20.084 en los siguientes aspectos: Modificación de sanción accesoria de tratamiento de drogas, aplicabilidad del procedimiento abreviado, plazos para declarar el cierre de la investigación, unificación de sanciones para jóvenes condenados en el sistema adolescente y adulto, entre otras.

     

    • Inspectorías independientes de fuerzas policiales y establecimientos penitenciarios, que entreguen informes públicos periódicos sobre eficacia en el uso de recursos y resultados.

     

     

    Fuente: Fundación Paz Ciudadana.

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