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    Comunicados de Prensa

    MINISTRO DE HACIENDA: PROYECTO SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS “FORTALECE LA CONFIANZA EN LA POLÍTICA Y EN LOS NEGOCIOS”

    17 junio, 2015 - 13:056 Mins Lectura
    • Anunció que el proyecto de ley de Alta Dirección Pública se encuentra en su etapa final y que en los próximos días se firmará para iniciar el proceso legislativo.

    Santiago, miércoles 17 de junio de 2015.- El ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, afirmó que la serie de proyectos que forman parte de la Agenda para la Transparencia y la Probidad “ayudan a tener una mejor política para apuntalar la economía”. Ello al concluir la ceremonia encabezada por la Presidenta Michelle Bachelet donde se firmó la iniciativa que regula los conflictos de interés, abordando la prevención y sanción al ingresar a la función pública, durante su ejercicio y en el periodo posterior al cese en el empleo.

    “El proyecto que acabamos de firmar regula la entrada al sector público, el comportamiento mientras uno está en el sector público y también regula la salida, lo que se llama la puerta giratoria. Estos son avances importantes que tenemos que convertirlos en ley para mejorar la calidad de la política”, destacó el ministro Valdés.

    Sobre la materia subrayó que la economía se ha visto afectada por la contingencia política y que los proyectos que se han firmado que integran la Agenda para la Transparencia y la Probidad “ayudan a fortalecer la confianza en la política y en los negocios”. Agregó que la iniciativa firmada hoy “es clave porque los conflictos de interés siempre existen y lo importante en una sociedad desarrollada es manejarlos, ser transparentes respecto de ello y tener regulaciones claras”.

    El jefe de las finanzas públicas anunció también que el proyecto sobre Alta Dirección Pública se encuentra en su etapa final de elaboración. “Lo estamos terminando, nuestro compromiso es tenerlo listo en los próximos días para su firma”, detalló.

    En otro ámbito, consultado por el proceso de elección del director del Servicio de Impuestos Internos, el titular de Hacienda indicó que ese nombramiento  “sigue un proceso preciso que es por Alta Dirección Pública y por lo tanto no hay ningún atraso respecto de los plazos comprometidos”. Añadió que el proceso que lleva adelante el sistema del Servicio Civil “regularmente toma poco más de 3 meses un proceso completo, estamos apurándolo, esta es la tercera semana que está abierto el concurso para postulantes”.

    Contenidos proyecto de Ley sobre Conflicto de Interés

    Inhabilidades para el ingreso a la función pública. Se impide el ingreso a un organismo de la administración a aquellas personas son parte de una sociedad que tenga contratos o cauciones por más de 200 UTM, o litigios pendientes. Se incorporan tres nuevas inhabilidades de ingreso: los lobistas que hubieran realizado lobby ante el ente al cual pretenden incorporarse, dentro de los doce meses anteriores; se prohíbe el ingreso a órganos fiscalizadores aquellas personas que se desempeñaron en los 6 últimos meses, como directores o gerentes en empresas sujetas a la fiscalización y la tercera, prohíbe el ingreso a personas que han sido sancionadas por infracción a las normas sobre conflictos de intereses post-empleo dentro de los 5 años posteriores a la infracción.

    Incompatibilidades en el ejercicio de la función pública. Se prohíbe que los funcionarios realicen actividades privadas dentro de su jornada laboral. Se extiende la prohibición que hoy existe de realizar actividades privadas que se refieran a materias específicas bajo conocimiento del respectivo organismo, para incluir las actividades que los funcionarios realicen indirectamente, por intermedio de un tercero.

    Deber de abstención. Las autoridades o funcionarios deben abstenerse de intervenir en los asuntos en que tengan un interés personal. También si hay  presencia de interés en caso de su cónyuge o conviviente civil, parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

    Protección del funcionario denunciante. Se establece la protección de la identidad de  los funcionarios que denuncian irregularidades y delitos. Con esta norma se recogen recomendaciones de la OCDE sobre probidad e integridad en el sector público.

    Regulación post empleo (“puerta giratoria”). Se establecen nuevas inhabilidades para las ex autoridades y funcionarios de las entidades fiscalizadoras, entendiendo por tales a aquellas que están afectas al DL N° 3.551 (ley sobre asignación de fiscalización). Por una parte, los funcionarios de las entidades fiscalizadoras están inhabilitados de prestar servicios o participar en la propiedad de determinadas entidades fiscalizadas cuando hubieren dictado actos directos respecto de ellas o intervinieron directamente en decisiones que las afectaron, por un plazo de 6 meses.

    Además, tratándose de dos primeros niveles jerárquicos de estas instituciones, se establece una inhabilidad absoluta para prestar servicios de cualquier tipo o participar en la propiedad de las entidades fiscalizadas durante el plazo de 3 meses desde el cese en funciones. En estos casos se establece una compensación económica que será equivalente al 75% de la remuneración bruta percibida los 12 meses anteriores al cese en funciones.  Luego de este periodo de 3 meses se les aplicará la prohibición precedente, hasta cumplir 6 meses de cesados en sus cargos.

    Además, se establece que las funcionarios de los dos primeros niveles jerárquicos tendrán prohibido desarrollar actividades de lobby a favor de las entidades sujetas a la fiscalización del órgano en que se desempeñaban y aquéllas que formen parte del mismo grupo empresarial, por el período de dos años a contar de la fecha de cese en sus funciones.

    Por otra parte se establecen deberes de información para los ex funcionarios afectos a las prohibiciones post-empleo que se regulan. Por último, el proyecto establece sanciones tanto para los ex funcionarios como para las empresas que contraten o reciban prestación de servicios de personas afectas a las prohibiciones que se crean.

    Regulación de conflictos de intereses en el Congreso Nacional. Este proyecto regula la forma de hacer efectivo el deber de inhabilitación y abstención de los parlamentarios y extiende el ámbito de la prohibición impidiendo no sólo que los parlamentarios  voten en asuntos respecto de los que poseen interés directo, sino también que intervengan en su discusión. Además, se prohíbe expresamente el uso de las asignaciones parlamentarias para efectuar pagos o transferencias de cualquier naturaleza a parientes de los parlamentarios o funcionarios del Congreso Nacional, así como para realizar pagos a concejales o consejeros regionales.

     

    Fuente: Comunicaciones Ministerio de Hacienda.

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