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    Comunicados de Prensa

    Presidente Piñera promulga ley que crea Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos: “La primera obligación de los padres es cuidar, formar, educar y mantener a sus hijos”

    10 noviembre, 2021 - 16:503 Mins Lectura

    Las personas que adeuden tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas se exponen a sanciones de carácter patrimonial, que afectarán créditos, devoluciones de impuestos, compraventa de vehículos e inmuebles y remuneraciones, además de la entrega de licencias de conducir y pasaportes.


    El Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó este miércoles la ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
     
    “Digámoslo fuerte claro: Esta ley hará muy difícil la vida a los padres que quieran seguir evadiendo sus obligaciones con sus propios hijos. La solución para ellos es cumplir”, destacó el Mandatario en un acto realizado en el Palacio de La Moneda, acompañado por la Primera Dama, Cecilia Morel, y los ministros del Interior, Rodrigo Delgado; de Justicia, Hernán Larraín; de la Mujer, Mónica Zalaquett; de la Secretaría General de Gobierno, Jaime Bellolio; de Desarrollo Social, Karla Rubilar; y del Trabajo, Patricio Melero.
     
    En el Registro estarán aquellos que deban tres mensualidades de pensión de alimentos consecutivas, o cinco discontinuas.
     
    La ley establece que, al solicitar el deudor un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda. Además, durante el proceso de devolución de impuestos, la Tesorería también retendrá parte del dinero que se adeude.
     
    Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se les acredite que con las ganancias se pagarán los alimentos.
     
    En tanto, no se les otorgarán a los deudores licencias de conducir ni pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.
     
    La ley, además, establece la inhabilidad para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la Administración del Estado.
     
    “El objetivo es simple y claro: ayudar a esas madres e hijos, obligando a los padres a cumplir con sus deberes y terminando con la impunidad de las pensiones de alimentos impagas”, dijo el Jefe de Estado.
     
    “Sin duda son medidas duras pero justas y necesarias para lograr que las pensiones de alimentos se paguen oportunamente, terminando así con la impunidad actual, y hacer justicia a esos cientos de miles de niños y niñas que no reciben el apoyo que deben recibir de sus padres, y a esos cientos de miles de madres, que por largos años han debido enfrentar solas la mantención de sus hijos e hijas”, agregó.
     
    El nuevo registro electrónico será administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Los tribunales deberán informar mensualmente el número de cuotas y monto adeudado para actualizar el registro de deudores.
     
    “Estamos convencidos de que esta ley contribuirá a fortalecer la cultura de la responsabilidad parental, a poner fin a la incultura del incumplimiento frente a los hijos, a hacer justicia a los niños y madres afectados, y avanzar hacia un Chile mejor“, finalizó el Mandatario.
     

    Fuente: Presidencia. 

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