- Despidos, descuentos salariales, deudas, seguros y trámites legales concentran las principales dudas tras los incendios. Abogado entrega orientaciones prácticas para saber qué hacer y cómo enfrentar la etapa posterior a la emergencia.
Tras los incendios forestales que han afectado a distintas zonas de las regiones de Ñuble y Biobío, miles de personas enfrentan dudas urgentes sobre su situación laboral, financiera y legal, cómo justificar ausencias al trabajo, qué ocurre con las deudas y créditos vigentes, qué trámites deben priorizarse y cómo evitar decisiones apresuradas en un contexto de emergencia.
En ese escenario, Mario Espinosa, director legal de GrupoDefensa.cl, entrega orientaciones prácticas para enfrentar la etapa posterior a la catástrofe, aclarando derechos y advirtiendo riesgos. “Las decisiones financieras posteriores a una catástrofe deben tomarse con información clara y sin presión”, señala.
No se puede sancionar al trabajador
Uno de los primeros puntos de preocupación es el ámbito laboral. Muchas personas no han podido asistir a sus trabajos por evacuaciones, problemas de conectividad o daños directos en sus hogares. “Si un trabajador no puede llegar a su lugar de trabajo debido a los incendios, no corresponde aplicar sanciones ni descuentos, ya que se trata de una causa completamente ajena a su voluntad”, explica Espinosa.
En ese sentido, la comunicación con el empleador es clave. “Es importante avisar la situación en la que se encuentra dentro de lo posible. Esto permite justificar ausencias y evitar conflictos posteriores. Las relaciones laborales también son relaciones humanas”, agrega.
Si el lugar de trabajo no cuenta con las condiciones mínimas para funcionar —como acceso a agua potable o seguridad básica— “no es posible exigir la prestación de servicios. En esos casos, tampoco procede el descuento de remuneraciones”, puntualiza el director legal de GrupoDefensa.cl.
Espinosa advierte que la emergencia no puede utilizarse como excusa para despidos arbitrarios. “Las sanciones laborales están pensadas para conductas injustificadas. Cuando existe una causa real y grave, como lo es una catástrofe de este tipo, la ley tiende a proteger al trabajador. Los despidos fundados en ausencias justificadas pueden ser declarados injustificados por los tribunales”, complementa.
Respecto de situaciones extremas, como la destrucción total de una empresa, Espinosa aclara que “podría evaluarse la causal de caso fortuito o fuerza mayor para un despido, pero siempre debe analizarse de manera específica y debidamente justificada según el caso”.
El abogado también hace una distinción respecto de la situación de los voluntarios de bomberos. “Ellos cuentan con una protección legal especial y consiste en que pueden ausentarse de su trabajo con goce de remuneraciones cuando son llamados a una emergencia. En el caso de otros voluntarios, la ley no contempla permisos automáticos, por lo que debe existir coordinación con el empleador”, explica.
Qué hacer con deudas y bancos
Otra de las principales inquietudes dice relación con las responsabilidades financieras. “Es clave no actuar impulsivamente; por eso es importante saber que existen alternativas como suspensiones de pago, reprogramaciones o períodos de gracia, especialmente en instituciones como BancoEstado y las cajas de compensación”, dice el abogado.
Respecto de los créditos hipotecarios, por ley estos incluyen un seguro de incendio. “Ese seguro puede activarse para la reconstrucción o para cubrir la pérdida total de la vivienda. Muchas personas no saben que lo tienen, pero es fundamental revisarlo”, señala.
Para quienes han quedado sin ingresos o con una carga financiera imposible de sostener, la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento aparece como una alternativa poco conocida pero vigente. “La quiebra personal es una herramienta legal que permite ordenar las deudas cuando la situación se vuelve insostenible”, explica Espinosa.
“En los casos más dolorosos, donde lamentablemente existen personas fallecidas, para acceder a fondos como AFP, cuentas bancarias o seguros es necesario realizar la posesión efectiva ante el Registro Civil”, agrega.
Precaución al realizar trámites
En medio de la emergencia, también han surgido intentos de estafa, especialmente asociados a ayudas estatales. “La Ficha Básica de Emergencia (FIBE), no se tramita por teléfono, mensajes ni enlaces. Se aplica de manera presencial por funcionarios identificados. Nadie debe entregar datos personales por vías informales”, advierte el abogado.
La misma advertencia aplica para la reposición de documentos de identidad, trámite que el Registro Civil realiza mediante operativos en terreno.
Demandas y responsabilidades legales
En paralelo, comienzan a surgir preguntas sobre eventuales acciones judiciales contra responsables de los incendios. “Es posible iniciar acciones civiles si se logra acreditar responsabilidad. Se puede demandar a personas naturales, empresas e incluso al Estado, en caso de existir una falta de servicio, pero todo dependerá de las pruebas y de lo que determinen las investigaciones”, explica Espinosa.
“Estos procesos requieren peritajes técnicos y tiempo, por lo que se recomienda informarse adecuadamente antes de iniciar cualquier acción legal”, concluye.
Fuente: Simplicity